EL GOBIERNO ESTABLECE LOS REQUISITOS PSICOFISICOS PARA LA TENENCIA DE ARMAS
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un decreto que establece las pruebas necesarias para comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna que pueda suponer incapacidad, tanto para tener y usar armas como para prestar servicios de seguridad privada.
Las pruebas comprobarán los siguientes extremos: capacidad visual y auditiva, sistemas locomotor y cardiovascular, trastornos hematológicos, sistema renal, enfermedades ginecológicas, sistema respiratorio, sistema edocrino, sistema neurológico, infecciones, problemas dermatológicos, trastornos mentales y de conducta, dificultades perceptivo-motoras, de personalidad y de toma de decisiones, y cualquier otra afección, transtorno o problema que pueda suponer una incapacidad para el uso de armas.
Este tipo de pruebas deberán realizarlas todas las personas que pretendan obtener o renovar cualquier licencia o utilización de tenencia y uso de armas, así como aquellos que deseen prestar servicios de seguridad privada o ara continuar su prestación, como vigilante de seguridad o como guardas particulares del campo.
Las pruebas se realizarán en los centros de reconocimiento debidamente autorizados, radicados en la provincia del domicilio del solicitante. Los gastos correrán a cargo de los interesados, en la forma y cuantía que disponga la respectiva comunidad autónoma.
(SERVIMEDIA)
20 Nov 1998
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