EL GOBIERNO ELEVA LA SEGURIDAD JURÍDICA DE LAS PARTICIPACIONES SIGNIFICATIVAS EN ENTIDADES DE INVERSIÓN Y CRÉDITO
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó enviar al Consejo de Estado la reforma de la Ley del Mercado de Valores para incrementar la vigilancia sobre las participaciones significativas en sociedades de servicios de inversión y entidades de crédito.
Estos cambios "clarifican", según el Ejecutivo, "los criterios y procedimientos para la evaluación de las participaciones significativas" en este tipo de entidades, "elevando la seguridad jurídica, agilizando la tramitación con plazos más ajustados, y reforzando la colaboración entre supervisores".
La reforma implica que se deberán notificar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) o al Banco de España las adquisiciones en estas empresas que alcancen el 10% del capital o de los derechos de voto de la entidad, frente al 5% actual, así como cuando se rebasen los umbrales del 20%, 30% y 50%.
Asimismo, se deberán comunicar al supervisor correspondiente las participaciones que, no siendo significativas, supongan alcanzar o superar el umbral del 5% del capital o de los derechos de voto.
Por otro lado, se introducen criterios "estrictamente prudenciales claros y tasados" que el Banco de España y la CNMV deben tener en cuenta a la hora de evaluar la idoneidad o no del potencial adquiriente, como son su honorabilidad y solvencia, la honorabilidad de los futuros administradores de la entidad, la capacidad que ésta tiene de cumplir con las obligaciones normativas que les resulten exigibles, y la existencia de indicios racionales de la realización de operaciones de blanqueo o financiación del terrorismo.
También se definen plazos "más claros y transparentes", fijándose el tiempo máximo para que los supervisores finalicen su evaluación y la notifiquen en sesenta días hábiles, y se mantiene el silencio administrativo positivo.
(SERVIMEDIA)
26 Sep 2008
F