Transportes
El Gobierno eleva hasta 317,1 millones la compensación del Estado por la liquidación de la AP-7 en Alicante
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El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha determinado que la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA) reconocida de la autopista AP-7 Circunvalación de Alicante asciende a 317.139.213 euros.
Según informó Transportes, actualmente está abierto el trámite de audiencia para presentar alegaciones a la nueva liquidación provisional de la RPA en la autopista AP-7, Circunvalación de Alicante. El periodo de audiencia tiene una duración de 15 días hábiles y se abrió el pasado viernes 22 de julio de 2022.
Una vez concluido el trámite se analizarán las alegaciones recibidas y se procederá a dictar la primera resolución de determinación de la RPA.
Según lo previsto en el Acuerdo de interpretación aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de abril de 2019, adaptado a los criterios interpretativos establecidos en las sentencias del Tribunal Supremo, en estos momentos, el importe a abonar por RPA es de 302.712.677 euros.
Este importe es el resultado de la suma de la RPA por obras (276.622.329 euros) y por expropiaciones (74.179.718 euros), cifra a la que es preciso descontar el valor de las inversiones necesarias para obtener, en la fecha de la valoración, la “perfecta entrega de las instalaciones en condiciones de absoluta normalidad” (18.094.329 euros) así como minorar las indemnizaciones pagadas a los expropiados por la Administración (15.568.505 euros).
Sobre el importe de la RPA reconocida, y según el citado Acuerdo, se han de retener provisionalmente los importes para hacer frente a la liquidación de situaciones aún pendientes (estimación de los importes por expropiaciones pendientes de pago, de las que pueda tener que hacerse cargo la Administración), que ascienden en este momento a 14.426.535 euros.
El Acuerdo de interpretación aprobado establece que seis meses después de que se dicte la primera resolución de determinación de la RPA se procederá a determinar una resolución complementaria, y un año después -de la primera resolución-, la definitiva, a los efectos de regularizar aquellas situaciones pendientes que hayan quedado resueltas en este período, como es el pago de expropiaciones.
(SERVIMEDIA)
27 Jul 2022
JBM/clc