EL GOBIERNO ELABORARA PLANES DE ACTUACION INVERNAL PARA GARANTIZAR EL CORRECTO SUMINISTRO DE GAS
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Ministerio de Industria ha dictado una orden ministerial relativa a las Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista, que garantizan la calidad, continuidad y seguridad del suministro y, en consecuencia, un funcionamiento más eficiente del sistema gasista.
La nueva normativa contempla la elaboración por el gestor técnico del sistema de gas de planes de actuación invernal, con objeto de poder hacer frente a los incrementos, previsibles e imprevisibles, de la demanda de gas durante los meses de invierno.
Además, las normas van a ampliar la información que va a estar disponible para los usuarios de las instalaciones (consumidores que se autoabastecen y suministradores de los segmentos regulado y liberalizado de los mercados de gas), eliminando las carencias que en alguna ocasión han sido criticadas por la incertidumbre que podían suponer para la toma de decisiones operativas de los comercializadores.
Según Industria, este aumento de transparencia beneficiará a todos los sujetos e incrementará la seguridad global del sistema, ya que al disponer en todo momento de información sobre el nivel de existencias se va a facilitar la verificación del cumplimiento de los requisitos de seguridad exigidos por la reglamentación y, al mismo tiempo, se va a facilitar la exigencia de responsabilidades por parte de la Administración en el caso de que se detecten problemas en el suministro de gas a los consumidores.
En cuanto a la operación de las instalaciones, se incorporan normas sobre los procedimientos de medición, de asignación y cálculo de las mermas y sobre las operaciones de mantenimiento de las instalaciones.
Respecto a la gestión del sistema, las normas describen las variables básicas, que definen tres situaciones que caracterizan los procedimientos de operación del sistema: normal, excepcional y de emergencia.
En relación con la operación "normal" del sistema, se establecen obligaciones de información diaria por parte del gestor técnico del sistema sobre la demanda, las existencias y las entradas de gas del sistema, y se determinan los pasos a dar por los agentes para evitar situaciones de desequilibrio que puedan originar situaciones de falta de suministro.
Igualmente, dentro de la situación "excepcional" se distinguen tres niveles diferentes: 0, 1 y 2. En cada uno de ellos se especifica cuál ha de ser la actuación de los distintos agentes del sistema.
(SERVIMEDIA)
05 Oct 2005
L