Energía

El Gobierno duplica la cifra de empresas potenciales beneficiarias de las ayudas a consumidores electrointensivos

- Ahora son 612 y pasarán a 1.180

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto de modificación del Estatuto de los Consumidores Electrointensivos, por el que el número de empresas potenciales beneficiarias de las ayudas que reciben estos grandes consumidores de electricidad pasará de las 612 actuales a 1.180.

El Gobierno aprobó en diciembre de 2020 este estatuto, que dota a determinadas empresas industriales, en concreto a aquellas para las que el coste del suministro eléctrico resulta especialmente crítico, de un marco jurídico y económico que proporciona seguridad y certidumbre de los costes energéticos y mejora su competitividad internacional.

El decreto aprobado ahora por el Ejecutivo adapta el estatuto a las nuevas directrices europeas sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía.

Las modificaciones afectarán tanto a la caracterización del consumidor electrointensivo que realiza el estatuto como al primero de los mecanismos de mitigación que contempla (el de compensación de cargos).

En cuanto a los sectores subvencionables, se amplía el catálogo y sectores que se pueden acoger a esta figura, como las industrias extractivas (excepto la extracción de hulla, antracita y gas natural) y sectores manufactureros para fomentar la disponibilidad autóctona de materias primas.

Las nuevas directrices europeas modifican a la baja el valor de la intensidad de uso de la electricidad, fijándolo en el 5% en lugar del 10% anterior. Esto implica que los consumidores electrointensivos deberán tener un cociente (durante al menos dos de los tres años anteriores) entre el consumo anual de electricidad y el valor añadido bruto de la instalación correspondiente al punto de suministro superior a 0,25 kWh por euro, umbral que ya incorpora el aumento del precio de la electricidad durante el año 2022 (originalmente 1,5 kWh/euro). Esto permitirá que más empresas sean elegibles.

Además, se establece la obligación de realizar las inversiones en eficiencia energética económicamente rentables conforme a las nuevas Directrices europeas.

También se modifica la metodología para el cálculo de la ayuda, ya que las directrices distinguen entre dos tipos de sectores que pueden acceder a estas ayudas: sectores “en riesgo significativo” de deslocalización y sectores “en riesgo” de deslocalización. La intensidad de ayuda máxima para los sectores “en riesgo significativo” de deslocalización se mantiene en el 85% de los costes subvencionables, mientras que para los sectores “en riesgo” es del 75% (puede llegar al 85% si se cumplen ciertas condiciones). Se añade la posibilidad de conceder una ayuda adicional por encima del 85% a aquellas instalaciones especialmente electrointensivas bajo ciertas condiciones.

El decreto cambia asimismo el umbral mínimo de la proporción del consumo anual de electricidad que debe ocurrir durante las horas valle. El nuevo requisito de consumo de energía en valle se fija en el 46%, menos exigente que el 50% anterior si bien se suspende su exigencia respecto al consumo del ejercicio 2022.

El ministro de Industria, Héctor Gómez, afirmó que “con la modificación que aprobamos hoy del Estatuto del Consumidor Electrointensivo reforzamos la política industrial de España y mejoramos la competitividad de la gran industria, favoreciendo la inversión industrial al contar con un marco normativo que refuerza el reconocimiento a estos consumidores, con nuevos requisitos que ofrecen mayor estabilidad, seguridad y certidumbre del precio de la energía de acuerdo con la normativa comunitaria”.

(SERVIMEDIA)
13 Jun 2023
JRN/clc