EL GOBIERNO BALEAR CONTROLARA LAS AYUDAS AL VOLUNTARIADO Y PRESERVARA SU CARACTER ALTRUISTA

PALMA DE MALLORCA
SERVIMEDIA

Las organizaciones que desarrollen actividades de voluntariado en las Islas Baleares deberán inscribirse en un resgistro como condición indispensable para acceder a subvenciones y estipular convenios con las administraciones públicas.

Así lo recoge el proyecto de Le del Voluntariado promovida por el Ejecutivo balear, al que ha tenido acceso Servimedia, y sobre el que deberá pronunciarse el Parlamento regional, en el que el Partido Popular dispone de mayoría absoluta.

El texto señala que la futura ley pretende regular y garantizar la acción voluntaria en actividades asistenciales, de servicios sociales, cívicas, de defensa del medio ambiente, educativas, juveniles, culturales, científicas, deportivas y sanitarias.

El texto explica que el voluntariado se defie por su carácter altruista, solidario, libre y gratuito, desligándose así de cualquier prestación de servicios retribuidos que se realicen dentro de una organización legalmente constituida.

El Ejecutivo balear quiere con la futura ley controlar las subvenciones que se otorgan a las entidades que desarrollan actividades de voluntariado en las islas.

De esta forma, se constituirá un Registro General de Entidades de Voluntariado de Baleares, cuya inscripción no será obligatoria, aunque sí condiciónindispensable para recibir fondos de la comunidad y firmar convenios con las administraciones públicas.

Según el proyecto ley, al Gobierno le corresponde mantener y actualizar el registro, que estará adscrito a la consejería de Presidencia, impulsar estrategias formativas del voluntariado y elaborar estudios sore las actividades de este movimiento.

Además, la propuesta legislativa prevé la constitución de un Forum Balear de Voluntariado. Las funciones de este órgano consultivo serán coordinar la ctuación entre las organizaciones del voluntariado y elaborar una memoria anual, donde se recogerá las actividades realizadas.

Los voluntarios, según el texto, estarán obligados a rechazar cualquier tipo de contraprestación económica o material que le pueda ofrecer la persona beneficiaria de su actuación.

(SERVIMEDIA)
16 Jun 1997
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