EL GOBIERNO AYUDARA A LOS TRIPULANTES Y ARMADORES AFECTADOS POR EL PARO FORZOSO EN AGUAS MARROQUIES

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobieno concederá ayudas a los tripulantes y armadores de pesca afectados por el paro forzoso de la flota que faena en el caladero de Marruecos, según un acuerdo aprobado hoy por el Consejo de Ministros.

El actual acuerdo de pesca entre la Comunidad Europea y Marruecos expirará mañana, sábado, por lo que, en caso de no producirse una prórroga y ante la inexistencia de un nuevo convenio, los buques que operan en el caladero se verán obligados a paralizar su trabajo.

El montante global de las ayudas, qu se aplicarán a partir del próximo día 1, será de cerca de 2.000 millones de pesetas, de los que 1.200 se adjudicarán a los armadores y 800 a los tripulantes de las embarcaciones.

El Ministerio del Portavoz del Gobierno informó que, de acuerdo con la decisión adoptada por el Comité Permanente de Estructuras Pesqueras el pasado 11 de febrero, el 50 por ciento de las concesiones serán reembolsadas por la CE.

Los barcos españoles incluidos en el contexto del acuerdo de pesca entre la CE y Marruecos on más de 700. Andalucía será la comunidad autónoma más afectada, ya que 450 embarcaciones operan desde sus puertos. El resto de la flota que faena habitualmente en aguas marroquíes pertenece a Galicia, Canarias y Valencia.

El Gobierno canalizará las cantidades presupuestadas a través de los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Trabajo y Seguridad Social.

Este último gabinete concederá tres tipos de ayudas: una mensual a los tripulantes por el importe del salario mínimo interprofsional con pagas extraordinarias, otra a los que no acceden al derecho a percibir prestaciones por desempleo (aplicada al pago de las cuotas de la Seguridad Social) y una tercera para los armadores, equivalente a las cuotas empresariales de la Seguridad Social.

El ministerio de Agricultura concederá por su parte una subvención extraordinaria a los armadores de acuerdo con los importes fijados como prima de inmovilización temporal en el real decreto para el desarrollo y adaptación de las estructuras pequeras y de la agricultura.

A esta norma se aplicarán las modulaciones correspondientes al tramo de buques de menos de 70 toneladas de registro bruto establecido en la orden ministerial que se refiere a las normas sobre el procedimiento y tramitación de las ayudas nacionales por paralización temporal.

La orden regula estas incidencias para los barcos que tienen menos de 18 metros de eslora entre perpendiculares y que, como en este caso, faenan al amparo del vigente acuerdo comunitario de pesca co Marruecos.

Según le acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros, el gabinete de Economía y Hacienda adoptará las modificaciones presupuestarias pertinentes para adaptar las dotaciones de los dos departamentos citados y así habilitar el importe necesario para atender los gastos que se deriven de las ayudas prestadas.

(SERVIMEDIA)
28 Feb 1992
C