EL GOBIERNO AUTONÓMICO REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ALOJAMIENTOS RURALES
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El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó hoy el decreto de Autorización y Clasificación de Alojamientos de Turismo Rural en la región, que tiene como finalidad regular el proceso de autorización y funcionamiento de estos establecimientos turísticos.
Además, facilitará al turista la información necesaria para conocer los servicios que puede demandar y el nivel de calidad que puede exigir cuando acuda a un establecimiento de estas características.
Los alojamientos rurales ofrecerán sus servicios al público bajo las modalidades de hotel rural, casa rural o apartamento de turismo rural. Los hoteles se clasificarán, a su vez, en tres categorías identificables por hojas de roble: tres corresponderán a la categoría superior, dos a la media y una a la básica.
También se establece la libertad de precios de los alojamientos rurales en todas sus modalidades, pero éstos deben tener la máxima publicidad y estar expuestos al público en lugar bien visible, como garantía al usuario.
Igualmente, será la Dirección General de Turismo el organismo competente para autorizar la apertura y funcionamiento de los establecimientos rurales, que serán inscritos en el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas de la Comunidad de Madrid, de donde se darán de baja en caso de cese de actividad.
(SERVIMEDIA)
20 Oct 2005
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