EL GOBIERNO APRUEBA UN NUEVO REGLAMENTO DE ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy el reglamento de ingreso, accesos y aduisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.

La Ley de Calidad de la Educación, aprobada por el Parlamento en diciembre de 2002, y el real decreto aprobado hoy diseñan un nuevo sistema de acceso a la función pública docente que pone especial atención en la regulación de los procesos de selección, de modo que se asegure al máximo la incorporación de los aspirantes más idóneos con el objeivo de mejorar la calidad del sistema educativo.

Así, el sistema de selección atenderá a criterios derivados, tanto de la capacidad y preparación de los candidatos, como de su experiencia y méritos anteriores.

Este Real Decreto recoge en un único texto el ingreso y accesos a los diferentes Cuerpos de funcionarios docentes, antes regulados en normas distintas, y se introducen modificaciones que contribuirán a mejorar el sistema de ingreso.

Este sistema seguirá siendo el de concurso-oposición onvocado por las Administraciones educativas competentes, pero se modifica la configuración de las pruebas para que éstas no se basen exclusivamente en el conocimiento memorístico de determinados temas, sino que se tengan también en cuenta otras destrezas profesionales. Así, la segunda de las pruebas para el ingreso consistirá en la presentación de una programación didáctica y una exposición oral de una unidad didáctica.

El texto recoge la exigencia del Título de Especialización Didáctica para accedera la docencia y se modifican los baremos de méritos con dos objetivos básicos: aumentar la valoración de la experiencia docente previa y reconocer los nuevos méritos establecidos en la Ley de Calidad, como el reconocimiento de la categoría de director y la superación de evaluaciones voluntarias por parte de los docentes.

PROMOCIÓN

En lo referente a los sistemas de promoción, se establece que para el acceso a cuerpos de un mismo nivel de complemento de destino se exige la permanencia en sus cuerpos d origen de un mínimo de seis años. Para el acceso a cuerpos de nivel de complemento de destino superior se ha eliminado la reserva del 50 por 100 que establecía la LOGSE, con lo que se facilita la promoción y la carrera profesional de los funcionarios docentes.

Igualmente, se establece el acceso desde los diferentes cuerpos de profesores a los nuevos Cuerpos de Catedráticos, creados por la Ley de Calidad para incrementar las posibilidad de promoción de la carrera docente.

En este reglamento se reulan las pruebas de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación. Estas pruebas tendrán tres partes: Temas generales relativos a cuestiones pedagógicas sobre organización curricular, organización escolar, gestión de centros educativos, administración y legislación educativa, así como las funciones de control, evaluación y asesoramiento y temas relacionados con las nuevas especialidades establecidas.

Asimismo, incluye temas de carácter específico, que se referirán a las características propias de los nveles y etapas educativos, al desarrollo curricular y a la correspondiente metodología didáctica, a la organización y administración de los centros y a la legislación propia de la Administración educativa convocante.

Igualmente, se regula el acceso a este Cuerpo de Inspectores mediante la superación del proceso selectivo de concurso-oposición, estableciendo como requisito la pertenencia a algún Cuerpo de la función publica docente, al menos durante seis años.

También se regula el ingreso y accesoa los diferentes cuerpos de Catedráticos: Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño. El texto recoge que para acceder a estos cuerpos se deberá estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, además del Título de Especialización Didáctica.

(SERVIMEDIA)
27 Feb 2004
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