EL GOBIERNO APRUEBA QUE LOS EVENTUALES AGRARIOS COBREN UN DIA DE PRESTACIÓN DE DESEMPLEO POR CADA TRES COTIZADOS
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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para la mejora del sistema de protección por desempleo de los trabajadores agrarios. El decreto recoge las medidas incluidas en el Acuerdo firmado el pasado mes de diciembre por el ministro de Trabajo y los secretarios generales de las Federaciones Agroalimentarias de UGT y CCOO, para regularizar el mercado de trabajo y promover la estabilidad en el empleo.
El decreto cambia la escala de la duración de la prestación por desempleo contributiva de los trabajadores eventuales agrarios, que pasarán de obtener un día de protección por cada cuatro cotizados a un día de protección por cada tres, igualándola a la del resto de los trabajadores.
Esta medida afecta a seiscientos mil potenciales beneficiarios eventuales agrarios de toda España. También se regula el cálculo del periodo de ocupación cotizada para determinar el acceso y la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo de todos los trabajadores agrarios, eventuales, fijos y fijos discontinuos, multiplicando el número de jornadas reales cotizadas al Régimen Especial Agrario por 1,337, para incluir en ese periodo los días que corresponden a domingos, festivos y vacaciones anuales.
La norma aprobada hoy permite, asimismo, la eliminación de los límites temporales de obtención de la Renta Agraria en favor de los eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura, que en la actualidad sólo pueden obtener como máximo seis derechos de carácter anual. Según el Gobierno, esta medida garantiza, sin incertidumbres, la protección del colectivo, al no limitarla en función de los derechos previos obtenidos y evita que sesenta mil trabajadores queden fuera de dicha protección.
El decreto incluye la prórroga hasta el 31 de diciembre del presente año de la reducción de las jornadas reales exigidas, de 35 a 25, para acceder al subsidio por desempleo agrario o a la renta agraria por los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura en los municipios afectados por las heladas, al subsistir las condiciones de pérdida de trabajo que justificaron la reducción hasta junio del presente año y que se calcula puede afectar a trescientos mil beneficiarios.
Además, en Andalucía y Extremadura, y con objeto de favorecer el empleo estable, se permite la opción por la protección por desempleo como fijo discontinuo agrario o por el subsidio o renta agraria como eventual agrario, acumulando las jornadas reales cotizadas por los trabajos agrarios.
(SERVIMEDIA)
14 Jul 2006
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