MADRID

EL GOBIERNO APRUEBA EL DECRETO QUE REGULA LA DESIGNACIÓN DE LOS CENTROS DE REFERENCIA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

MADRID
SERVIMEDIA

Estos centros están diseñados, concretamente, para atender a los pacientes con determinadas patologías que, por su alta complejidad o por tratarse de enfermedades raras, necesitan un alto grado de especialización profesional y técnica, por lo que su atención se debe concentrar en un número reducido de lugares, explica Sanidad.

Por estas especiales características, tales unidades "darán cobertura a todo el territorio nacional, con lo que se garantiza la cohesión del sistema, la equidad en la atención a los pacientes con independencia de su lugar de residencia, los máximos niveles de calidad y seguridad, y una mayor eficiencia de los recursos", asegura el departamento que dirige Elena Salgado.

El número total de centros, servicios y unidades de referencia para cada proceso que habrá en el SNS y su ubicación geográfica se acordará en el seno del Consejo Interterritorial de Salud, órgano formado por las consejerías de Sanidad de las comunidades autónomas y por el ministerio del ramo.

La propuesta para la designación de un centro, servicio o unidad de referencia podrá partir tanto del Ministerio como de las Comunidades Autónomas, y se realizará a través del Comité de Designación, dependiente del Consejo Interterritorial.

Para la designación de centros, servicios y unidades de referencia se deberán tener en cuenta criterios como el demostrar conocimiento y experiencia suficiente en el manejo de la patología de que se trate.

Igualmente, el centro deberá prever un volumen de actividad suficiente que garantice un nivel adecuado de calidad y seguridad a los pacientes y "contar con buenos indicadores de resultados previos a la designación".

El Ministerio de Sanidad revisará, como mínimo cada cinco años, las técnicas, tecnologías y procedimientos para los que se han designado estas unidades, con el fin de determinar si procede que sigan siendo de referencia o si es conveniente generalizar su aplicación en el conjunto del Sistema Nacional de Salud.

La asistencia sanitaria derivada entre comunidades autónomas a una unidad de referencia se financiará a través del Fondo de Cohesión Sanitaria. El proceso de derivación de los usuarios a los centros, servicios y unidades de referencia se determinará en el Consejo Interterritorial.

(SERVIMEDIA)
10 Nov 2006
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