EL GOBIERNO APROBO HOY EL ESTATUTO DEL ENTE PUBLICO AEROPUERTOS ESPAÑOLES Y NAVEGACION AEREA
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El Consejo de Ministros aprobó en su reunión de hoy el Estatuto del Ente Público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea.
Según la explicación del Gobierno, la puesta en funcionamiento de ese texto legal constituye una exigencia para el cumplimiento de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1990, que establece que la etrada en vigor del Estatuto del Ente Público, aprobado por Real Decreto, dará paso a su constitución.
El elevado grado de complejidad del sistema aeroportuario español como consecuencia del importante número de aeropuertos que lo integran, así como la congestión del espacio aéreo y de las infraestructuras del sistema, debida a la evolución creciente del tráfico, son algunas de las causas que llevaron a reestructurar el referido estatuto.
Las previsiones de la Administración para el año 2000 señaln que, seguramente, la cifra actual de pasajeros se doblará; una sobrecarga que se verá agravada fundamentalmente en épocas estivales y de vacaciones.
Otro factor que llevó a modificar la Ley fue, de acuerdo con la misma versión gubernamental, la necesidad de realizar elevadas inversiones para actualizar los sistemas tecnológicos.
Esas inversiones requieren una agilidad y rapidez de respuesta que, en ocasiones, es difícil conseguir con los actuales procedimientos administrativos.
ALTA COMPETITIIDAD
La entrada en vigor del Acta Unica Europea, con la consiguiente liberalización del transporte aéreo en Europa y la inminente entrada de España como miembro de pleno derecho en la Agencia Europea de Control y Tránsito Aéreo, exigen altos niveles de competitividad y calidad.
Asímismo, estas reformas pretenden agilizar las gestiones que, hasta la fecha, dificultaban la práctica de su explotación por la diversidad de órganos de administración.
Esos factores son los que han llevado al Consej de Ministros a introducir el modelo de organización utilizado en otros países europeos y en Estados Unidos.
El nuevo modelo estatutario respeta la unidad de gestión para los aeropuertos y la navegación aérea e introduce técnicas de actuación netamente empresariales, al tiempo que mantiene la intervención pública en las actividades que pudieran implicar el ejercicio de poderes de soberanía.
El estatuto contempla la organización y funcionamiento del ente, su régimen patrimonial, económico-financieo y de recursos humanos.
Se definen las funciones a desempeñar por las dos unidades de gestión diferenciadas: la de Aeropuertos Españoles y la de Navegación Aérea.
Por último, contempla la posibilidad de que la explotación de los servicios en todo lo que no implique el ejercicio de funciones soberanas, se encomiende a Sociedades Anónimas, en cuyo capital sea mayoritaria la participación del ente público.
(SERVIMEDIA)
14 Jun 1991
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