EL GOBIERNO APROBARA EL VIERNES EL DECRETO SOBRE JORNADAS ESPECIALES
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Gobierno tiene previsto aprobar en el próximo consejo de ministros aprobará el decreto sobre jornadasespeciales, que regula la ordenación y duración de la jornada de trabajo en determinados sectores de acividad, así como los descansos de los mismos, según informaron a Servimedia fuentes del Ministerio de Trabajo.
Los descansos previstos en este decreto no podrán ser sustituidos por compensación económica, salvo en el caso de finalización del contrato laboral.
La norma ha provocado la protesta de los sindicatos Comisiones Obreras y UGT quienes consideran injustas las modificaciones incluidas en l hostelería, el transporte y en los trabajos a turnos, principalmente.
En cuanto a la hostelería, el decreto reduce dos horas los descansos de los trabajadores de este sector al pasar de 12 a 10 horas cada jornada.
Asimismo establece que el trabajador de la hostelería pueda descansar un mínimo de un día y medio a la semana, si bien, el medio día puede acumularse en semanas posteriores, medida a la que se oponen los sindicatos.
Sobre los trabajadores de transportes por carretera el decreto esablece que ningún trabajador podrá conducir de manera ininterrumpida más de cuatro horas y media sin hacer una pausa, salvo que la conducción de media hora más permita la llegada al punto de destino.
El tiempo total de conducción no deberá exceder de nueve horas diarias, pudiendo llegar excepcionalmente a diez horas un máximo de dos días a la semana, ni de noventa horas de cada periodo de dos semanas consecutivas.
La aplicación del régimen de descanso deberá garantizar un mínimo de once horas conecutivas de descanso por cada periodo de veinticuatro horas.
Sobre los trabajos a turnos el decreto establece la posibilidad de acumular por periodos de hasta cuatro semanadas el medio día del descanso semanal.
(SERVIMEDIA)
05 Jul 1995
J