EL GOBIERNO APLICA LA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE CARNES FRESCAS DE AVES DE CORRAL

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción y comercialización de carnes frescas de aves de corral, con el que queda incorporado al derecho espaol la directiva comunitaria que regula la armonización del sector.

La nueva normativa recoge las condiciones técnico-sanitarias de aplicación a los mataderos, salas de despiece y almacenes frigoríficos, así como las que deben cumplir el personal, los locales y los materiales utilizados. Igualmente fija las condiciones de almacenamiento de estas carnes, las relacionadas con su envasado y embalaje, las aplicables al transporte y los controles veterinarios a realizar en las mismas.

No obstante, se ecluye de su aplicación el despiece y almacenamiento de estas carnes en comercios minoristas o en locales contiguos a los puntos de venta cuando vayan destinadas directamente al consumidor.

La carne que vaya a ser comercializada deberá obtenerse de animales que hayan sido sometidos a las correspondientes inspecciones sanitarias antes y después del sacrificio en mataderos autorizados por la correspondiente comunidad autónoma y con número de Registro General Sanitario de Alimentos.

(SERVIMEDIA)
20 Oct 1991
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