Banca
El Gobierno analizará el dictamen del BCE sobre el impuesto a la banca y recuerda que no es vinculante
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El Gobierno ha recibido el informe del Banco Central Europeo (BCE) sobre el impuesto a la banca, que analizará “detenidamente”, y recuerda que no es una opinión “vinculante”.
Fuentes gubernamentales hicieron esta valoración después de que se haya conocido el dictamen del BCE en el que el organismo considera que la propuesta legislativa del impuesto a la banca debe ir precedida de “un análisis exhaustivo de las posibles consecuencias negativas para el sector bancario” para "garantizar" que no plantee "riesgos para la estabilidad financiera".
Estas fuentes apuntaron que el BCE no emite una opinión en contra, sino que “hace recomendaciones y se pronuncia sobre aspectos técnicos” que considera que se deben aclarar.
Aunque señalaron que son consideraciones “relevantes para cualquier impuesto” como el planteado a la banca, destacaron que ya se tuvieron en cuenta antes de diseñar el tributo.
Respecto a la situación de las entidades financieras, desde el Ejecutivo resaltaron el “fuerte incremento de los beneficios” entre enero y septiembre de este año que se está conociendo por la subida de los tipos de interés y la remuneración de los depósitos que “todavía se mantiene contenida”.
También se mantuvieron en que el sector tiene una posición “muy sólida” en términos de solvencia y no prevén un impacto “significativo” por ser un impuesto temporal y por su “calibración”. Igualmente, entienden que el horizonte temporal “minimiza cualquier efecto distorsionador”.
En su dictamen, el banco central puntualiza que el hecho de que una entidad de crédito deba pagar el impuesto aun registrando pérdidas netas “distorsionaría significativamente y perjudicaría aún más la resiliencia de un banco deficitario”. Añade que, incluso, “podría falsear la competencia en el mercado y perjudicar la igualdad de condiciones tanto dentro del país como en toda la unión bancaria”.
También sostiene que la base sobre la que se establecería el gravamen temporal “no tiene en cuenta todo el ciclo económico” ni los gastos de explotación ni el coste del riesgo de crédito. Por ello, cree que el importe “podría no ser proporcional a la rentabilidad”.
Considera que “una disposición genérica que establezca que el gravamen temporal no puede trasladarse a los clientes de las entidades de crédito podría generar incertidumbre, así como riesgos operativos y de reputación conexos para dichas entidades”.
(SERVIMEDIA)
03 Nov 2022
MMR/clc