EL GOBIERNO ACUERDA RECURRIR LA LEY VASCA QUE PERMITE LA ADOPCION DE MENORES POR PARTE DE PAREJAS DE HECHO
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El Consejo de Ministros ha acordado interponer recurso de inconstitucionalidad contra el artículo octavo de la Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de 7 de mayo de 2003, que regula l adopción de menores por parte de las parejas de hecho.
El Gobierno estima que la citada Ley, en lo que se refiere a la adopción, contempla aspectos sustantivos no regulados previamente en el Derecho Civil del País Vasco y, consecuentemente, excede de las competencias asumidas por dicha Comunidad sobre conservación, modificación y desarrollo del Derecho Civil Foral o Especial.
Añade el Ejecutivo que el citado artículo octavo de la Ley es contrario a la doctrina constitucional en la medida en que esconoce la prevalencia del interés del menor, que debe prevalecer sobre el interés de adopción por parte de la pareja de hecho.
El texto aprobado por el Consejo de Ministros indica, asimismo, que la prevalencia del interés del menor, a la que no se hace referencia en la normativa vasca, se encuentra consagrada como principio rector de la adopción en el artículo 176.1 del Código Civil, así como en los Tratados Internacionales ratificados por España: Convenio de las Naciones Unidas sobre los derechos dl niño y Convenio de La Haya sobre la protección del niño y la cooperación en materia de adopción Internacional.
(SERVIMEDIA)
01 Ago 2003
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