LAS GASOLINERAS NO PUEDEN VENDER A DOMICILIO, SEGUN LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

MADRID
SERVIMEDIA

Los propietarios de las gasolineras no podrán vender carburantes u otros productos al por menor a domicilio, según una sentencia del Tribunal Supremo.

La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio había recurrido ante el Tribunal Supremo un real decreto que regulaba la distribución al por menor d carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público.

El reglamento prohibía a los dueños de las gasolineras ejercer su actividad fuera de la estación de servicio, lo que impedía la venta a domicilio. El Supremo señala que tal prohibición no supone una quiebra de los derechos de libre comercio y libertad de empresa en una economía de mercado, como sostenía la confederación.

El Alto Tribunal argumenta que la esencia comercial de las gasolineras no es la venta a domicilio, ino la venta de carburantes en sus dependencias, por lo que califica de "adecuada y congruente" tal prohibición.

(SERVIMEDIA)
01 Abr 1999
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