GARZON. EL SUPREMO PREGUNTA AL FISCAL QUIEN DEBE ESTUDIAR LA RECUSACION DE NAVARRO CONTRA DOS MAGISTRADOS
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ordenado al fiscal que le diga si cree que el incidente de recusación presentado por el juez Joaquín Navarro contra los magistrados Gregorio García Ancos y Joaquín Martin Canivell debe ser estudiada por la Sala Especial prevista en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
El juez de la Audiencia Provincial de Madrid Joaquín Navarro y el abogado Jesús Santaella presentaron el pasado 30 de abril una querella contra el juez de la Audiencia acional Baltasar Garzón por ocho delitos de prevaricación (dictar resoluciones injustas a sabiendas) y uno de revelación de secreto, cometidos presuntamente durante su actuación en la investigación de una parte del "caso Egin".
Esta querella fue a parar a los magistrados de la Sala de lo Penal José Jiménez Villarejo, Enrique Bacigalupo y Joaquín Martín Canivell, quienes, tras ser recusados por Navarro, fueron sustituidos, hasta que se resolviese el incidente, por Joaquín Delgado, José Manuel Martínez-ereda y Gregorio García Ancos.
Navarro recusó también a García Ancos, quien fue sustuido por Luis Román-Puerta, actualmente magistrado instructor de la querella presentada por contra Garzón.
De los cuatro magistrados cuya imparcialidad fue puesta en duda por Navarro, dos, Jiménez Villarejo y Bacigalupo, decidieron abstenerse, mientras que los otros dos consideran que no hay razón para recusarles.
Ahora, dado que García Ancos ostenta en funciones las labores de presidente de la Sala de lo Penl del Tribunal Supremo, en sustitución de Jiménez Villarejo, que se jubiló, el magistrado instructor quiere saber si la recusación debe ser estudiada por la Sala Especial prevista en el artículo 61 de la LOPJ (compuesta por el presidente del Alto Tribunal, los de sus cinco salas y los jueces más antiguo y más moderno de cada una de ellas).
La Fiscalía del Tribunal Supremo ya se pronunció en su día contra la querella presentada contra Garzón, por considerar que no hay indicios de delito en la actuaciónde Garzón en su investigación de una partel del "caso Egin".
En cualquier caso, hasta que no se resuelva el incidente de recusación pendiente contra García Ancos y Martín Canivell no podrá saberse si la querella contra Garzón se admite a trámite o si finalmente se desestima.
(SERVIMEDIA)
28 Jun 1999
VBR