GARZÓN NO PODRÁ SER SUSPENDIDO HASTA QUE NO SE LE PROCESE
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El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, investigado por el Tribunal Supremo por un presunto delito de prevaricación en relación con su instrucción sobre los crímenes del franquismo, no podrá ser suspendido temporalmente en sus funciones hasta que no sea procesado.
Fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) explicaron que, a tenor de lo estipulado en el artículo 383 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, un magistrado no puede ser suspendido temporalmente hasta que no haya un auto de procesamiento contra él o hasta que no se le imponga una fianza.
Si se produce alguna de estas dos circunstancias, será el Pleno del CGPJ quien en última instancia deberá decidir si suspende temporalmente en sus funciones a Garzón.
Los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo decidieron hoy admitir a trámite la querella presentada por el sindicato Manos Limpias contra Garzón al considerar que el titular del Juzgado Central de Instrucción número cinco de la Audiencia Nacional podría haber iniciado la investigación sobre el franquismo a sabiendas de que no era competente, lo que constituiría un presunto delito de prevaricación.
El sindicato Manos Limpias pedía en su querella 20 años de inhabilitación para Garzón, así como que se suspenda temporalmente al magistrado mientras se tramita el proceso penal.
Aunque no puede ser suspendido por el momento, la admisión a trámite de la querella supone que, con toda probabilidad, Garzón debera acudir al Tribunal Supremo para declarar como imputado.
(SERVIMEDIA)
27 Mayo 2009
CAA