Tribunales

García-Castellón rechaza la personación de Pujol Ferrusola en el ‘caso Tándem’ porque los hechos ya se investigan en Andorra

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha desestimado la personación de Jordi Pujol Ferrusola como perjudicado en una de las piezas del ‘caso Tándem’ ya que los hechos que denuncia relativos al presunto espionaje en su contra ya están siendo investigados por los juzgados de aquel país.

En un auto, el juez incorpora la diligencia de la letrada de la administración de Justicia en la que hace constar que se ha localizado un escrito interponiendo recurso contra la resolución inicial de inadmisión de la personación “el cual había quedado postergado involuntariamente a causa del ingente volumen de comunicaciones recibidas diariamente en cada una de las piezas de este procedimiento, informado por el Ministerio Fiscal en los términos que son de ver en la pieza 31 de las presentes actuaciones, procediéndose con carácter inmediato a dar cuenta a su señoría de su contenido, para resolver lo procedente”.

El auto del magistrado recuerda que el 28 de octubre de 2021 se dictó auto por el que se rechazó la personación, como acusación particular, de Jordi Pujol Ferrusola, hijo del expresidente de la Generalitat, al no resultar de las actuaciones elemento alguno que permitiera sostener su condición de perjudicado u ofendido. Contra dicha resolución se interpuso recurso de reforma, respecto del cual el Ministerio Fiscal emitió dictamen el 16 de diciembre de 2022.

En su escrito, el recurrente hacía referencia a “la constatación de unas presuntas actividades delictivas desarrolladas en Andorra por ciudadanos españoles contra Jordi Pujol Ferrusola” que el juzgado había rechazado, ya que eran objeto de investigación en un procedimiento incoado en la justicia de aquel país. A su juicio, dichas actuaciones deberían ser perseguidas por la Audiencia Nacional por tratarse de delitos cometidos por españoles en el extranjero.

Ahora, en su auto, García-Castellón mantiene, en línea con la Fiscalía, que no es posible la admisión de Jordi Pujol Ferrusola como perjudicado al no cumplir con los presupuestos legalmente previstos pues no es víctima ni perjudicado del delito objeto de este procedimiento, “tal y como ya se dijo en su día”.

NO ES PERJUDICADO

Lo cierto es que no constan en las actuaciones elementos que permitan sostener su condición de perjudicado, indica el juez, que añade que del análisis de los documentos aportados el interesado Jordi Pujol Ferrusola no aparece como investigado por cuenta de clientes y a cambio de precio en la ejecución de ninguno de los proyectos de investigación e inteligencia en los que se utiliza la información obtenida en el ámbito policial obrante en los registros restringidos o que se emplearan técnicas de investigación restrictivas de derechos de terceras personas.

García-Castellón recuerda que, tal y como puso de manifiesto en su auto inicial, cuatro de las “Notas Informativas” analizadas en relación con otros documentos obrantes en el procedimiento sí podrían ser considerados como evidencia de la comisión de hechos delictivos en perjuicio directo de la familia Pujol Ferrusola, “si bien esta actividad delictiva se habría desarrollado en Andorra y ha sido objeto de investigación en un procedimiento incoado en aquella jurisdicción”.

Por tanto, concluye el instructor en su auto, “estos hechos han sido objeto de investigación en Andorra y en todo caso deberá ser allí donde el recurrente, si lo estima oportuno y si así lo permite la legislación procesal de aquel país, deberá personarse como perjudicado”.

(SERVIMEDIA)
22 Ene 2024
SGR/clc