GAL. EL SUPREMO ACUERDA QUE LAS PETICIONES DE NULIDAD DEL 'CASO GAL' SEAN RESUELTAS DURANTE EL JUICIO
- Acepta la personación de Segundo Marey en el sumario
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El pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó en su reunión de hoy posponer hasta el juicio qe, en su caso, se celebre por el 'caso GAL' las peticiones de nulidad de las actuaciones realizadas por el juez Baltasar Garzón formuladas por algunas de las partes personadas en la causa.
En un auto hecho público hoy, el primero que dicta el pleno tras asumir el conocimiento del 'caso GAL', la Sala señala que "ahora no cabe resolver sobre tales extremos", ya que, a su juicio, son argumentos propios de la fase de juicio oral que en su día han de formar parte del contenido de los respectivos escritos d calificación provisional, que tendrán que discutirse en el plenario y resolverse en sentencia.
El pleno justifica esta decisión en que las peticiones de nulidad "se refieren al valor que hayan de tener determinadas diligencias que en su momento podrán o no ser consideradas como elementos de prueba de los hechos objeto de debate contradictorio propio de dicho juicio".
Las peticiones de nulidad fueron formuladas por el abogado del Estado y por la defensa del ex secretario de Estado para la Seguridd Rafael Vera en sus respectivos escritos de alegaciones remitidos a la Sala Segunda, por considerar que se habían producido diversas irregularidades durante la instrucción del 'caso GAL' por parte del juez Garzón.
Además de esta decisión, el pleno recoge en el auto dictado hoy, tal como anunció la Sala Segunda el pasado lunes, que corresponderá al instructor del 'caso GAL', Eduardo Moner, pedir al Alto Tribunal, si lo estima oportuno, que tramite los suplicatorios contra los aforados implicados en lacausa, entre ellos el presidente del Gobierno, Felipe González.
En este sentido, el auto precisa que "el magistrado instructor habrá de examinar los indicios existentes y practicar, en su caso, las diligencias que estime adecuadas para después proponer a esta Sala si procede o no plantear el referido suplicatorio y contra quién".
El pleno también deja en manos de Moner la decisión de levantar o prorrogar el secreto actualmente vigente sobre la parte del 'caso GAL' referida al CESID. Según el auto es el instructor el competente para resolver esa cuestión, dado que "esta Sala carece de facultades" para hacerlo.
Matiza que aunque en el auto dictado por la Sala Segunda el pasado 18 de agosto asumiendo la competencia sobre el 'caso GAL' acordó mantener el secreto de esa parte del sumario, "con ello, en definitiva ni se acordó ni se levantó ningún secreto", ya que "mantener una situación existente mientras fuera nombrado el instructor no constituye una resolución que pueda ser recurrida".
Así,en referencia al recurso presentado por Vera contra dicho mantenimiento del secreto sobre las actuaciones, agrega que "si resolviéramos ahora, como se pretende en tal recurso de súplica, violaríamos" el artículo 302 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que es competencia del instructor declarar y levantar el secreto sumarial.
También precisa que corresponde a Moner resolver si acumula o no al 'caso GAL' otros sumarios relacionados con esa organización terrorista que en la actualidad insruye el juez Garzón, acumulación que también fue solicitada por Vera en su escrito de alegaciones. Agrega que resolver esa cuestión no es materia de la Sala Segunda, "a quien compete el trámite del juicio oral y los recursos que legalmente procedan contra lo actuado por el instructor".
En el auto, el pleno señala, por otra parte, que los recursos pendientes en la Audiencia Nacional contra resoluciones del juez Garzón "ha de resolverlos la sección correspondiente de la Audiencia Nacional como superior erárquico del juez que las dictó en primera instancia", a la que insta a que los resuelva a la mayor brevedad posible.
En este sentido, afirma que "nos encontramos ante una regla de competencia funcional que no puede variarse por el hecho de que, después de dictada la resolución recurrible, cambie la competencia en favor de otro órgano judicial diferente, que es lo que aquí ha ocurrido".
Además de estas resoluciones, el pleno también acordó que sea Moner el que resuelva si los procesados en el 'cso GAL' deben realizar sus comparecencias semanales ante el Tribunal Supremo, tal como solicitó el fiscal.
Finalmente, aceptó la personación de Segundo Marey, secuestrado por error por los GAL, como parte en el 'caso GAL', señalando que podrá proponer al juez instructor las diligencias que considere procedentes.
Al término de la reunión del pleno, el ponente de la causa, Joaquín Delgado, afirmó que la Sala Segunda no abordó la contaminación en la que pueda incurrir el pleno al encargarse de resoler los recursos que se interpongan en la tramitación de la causa y posteriormente de enjuiciar a los procesados, aunque descartó que se produzca dicha contaminación.
Agregó que el pleno de hoy fue convocado para "dar forma" mediante un auto a los aspectos del 'caso GAL' que ya estudió el pasado lunes, por lo que añadió que de momento la Sala Segunda no volverá a celebrar un nuevo pleno hasta que tenga que reunirse para estudiar los recursos que se planteen.
(SERVIMEDIA)
13 Sep 1995
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