GAL. LA SALA SEGUNDA DEL SUPREMO ACUERDA QUE E PLENO ASUMA EL CONOCIMIENTO DEL 'CASO GAL', DADA SU TRASCENDENCIA
- El pleno se reunirá el próximo jueves para nombrar al instructor de la causa
- Los magistrados también decidirán ese día si el pleno tramita la causa o sólo pide los suplicatorios y juzga a los aforados
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La Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó hoy que sea el pleno de esta sala el que asuma el conocimiento del denominado 'caso GAL', dada la trascendencia de esta causa, en la que aparecn supuestamente implicados cuatro aforados, entre ellos el presidente del Gobierno, Felipe González.
No obstante, el pleno deberá decidir en una reunión que celebrará el próximo jueves si se encargará de conocer todos los trámites ordinarios de la instrucción de la causa, como pueden ser la resolución de recursos, o sólo se reserva para determinados aspectos más importantes, entre ellos la posible petición de suplicatorios de los aforados o su enjuiciamiento.
Este acuerdo fue adoptado hoy por losmagistrados de la Sala Segunda en una reunión que mantuvieron a lo largo de toda la mañana para estudiar los "problemas" derivados del conocimiento de causas especiales y, concretamente, del 'caso GAL'.
En la misma, calificada por algunos de los asistentes como "muy intensa", estuvieron presentes 12 magistrados, ausentándose únicamente el juez Marino Barbero, cuya renuncia como miembro del Tribunal Supremo está pendiente de ser aceptada por el Consejo General del Poder Judicial.
Al término de la eunión, que tenía carácter "informal" dado que no había sido convocada oficialmente, el magistrado Cándido Conde Pumpido, que ejerció como portavoz ante los medios de comunicación, explicó que la decisión de que sea el pleno el que conozca el 'caso GAL' fue solicitada por la mayoría de los magistrados al presidente de la Sala Segunda, Fernando Cotta, quien convocó al pleno para el próximo jueves.
Explicó que será en esa reunión, que comenzará a las 10,30 horas, donde los magistrados decidan cuál va a er el alcance de la actuación del pleno sobre la causa. Asímismo, el pleno también podría nombrar ese día al magistrado que se hará cargo de la instrucción del 'caso GAL'.
Precisó que ese nombramiento, no obstante, podría retrasarse si la sala no cuenta ese día con el informe del fiscal sobre las presuntas implicaciones de los aforados en el 'caso GAL', cuya redacción está previsto que esté concluida para entonces, motivo por el que la reunión del pleno ha sido convocada para el jueves.
Agregó qu hasta la reunión del pleno, los magistrados de la Sala Segunda continuarán celebrando encuentros "informales" para seguir estudiando los diversos aspectos de esta causa.
Fuentes del Alto Tribunal explicaron que entre las decisiones que podría adoptar el pleno el próximo jueves figuran asumir el conocimiento de todos los trámites de la causa, sustituyendo así a la actual Sala de Admisión encargada del sumario, constituida, además de por Cotta, por José Augusto de Vega y Francisco Soto Nieto.
FUNCIONLIDAD
Sin embargo, consideraron esta posibilidad como poco probable, ya que plantearía problemas de "funcionalidad" al pleno, y señalaron que por ello otra de las alternativas es que delegue en una sala toda la tramitación de la causa.
Esta sala podría contiuar siendo la Sala de Admisiones, que actualmente se encarga de la tramitación de la causa, u otra nueva en el supuesto de que los magistrados estimen que está "contaminada" para seguir conociendo el 'caso GAL', aspecto rechazado por las citads fuentes.
Agregaron que el pleno también podría acordar que una sala se encargue sólo de la tramitación ordinaria del 'caso GAL', reservándose el pleno el conocimiento de otros aspectos de la causa más relevantes, como son la petición de los suplicatorios de los aforados, su procesamiento o el futuro juicio contra los implicados.
Las fuentes consultadas dijeron que aunque la asunción por parte del pleno en conjunto de una causa no es habitual en el Tribunal Supremo, sí está contemplada por la Le Orgánica del Poder Judicial.
Así, recordaron que el artículo 197 de dicha ley señala que "podrán ser llamados para formar sala todos los magistrados que la componen, aunque la ley no lo exija, cuando el presidente o la mayoría de aquéllos lo estime necesario para la administración de justicia".
(SERVIMEDIA)
04 Sep 1995
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