GAL. LA SALA APRECIA INDICIOS DE QUE BARRIONUEVO COMETIO TRES DELITOS Y PIDE SU SUPLICATORIO AL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

-El Congreso de los Diputados recibirá la petición de suplicatorio la próxima semana

MADRID
SERVIMEDIA

El pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó hoy por unanimidad remitir al Congreso de los Diputados la petición de suplicatorio de José Barrinuevo al apreciar que existen indicios de que el ex ministro podría haber cometido los supuestos delitos de detención ilegal, malversación de caudales públicos y otrodelito relacionado con banda armada.

Según explicó el ponente del 'caso GAL', Joaquín Delgado, al término de la reunión del pleno, que se prolongó por espacio de menos de dos horas, la sala acordó dar curso al suplicatorio solicitado por el juez Eduardo Móner, decisión que plasmará en un auto que será remitido al Congreso en el que "se dicen las figuras delictivas que pueden existir conforme a las declaraciones, pruebas o indicios que aparecen en las diligencias practicadas".

Así, señaló que en dcho auto "nosotros especificamos concretamente los delitos de detención ilegal, malversación de caudales públicos, delito relacionado con bandas armadas y cualquiera otro que pudiera aparecer en el procedimiento".

Delgado, que precisó que la especificación de delitos en el trámite de petición del suplicatorio "tiene una importancia muy secundaria", matizó que ello "no quiere decir que estos vayan a ser los delitos que después vayan a ser objeto de acusación por las partes, porque éstas podrán realizarsus acusaciones como estimen oportuno".

A su juicio, con esta petición no será necesario solicitar nuevos suplicatorios si avanza la investigación contra el ex ministro, "porque la fórmula que se adopta para pedir el suplicatorio es la relativa a seguir el procedimiento contra una persona con todas sus incidencias".

Por ello, reiteró, "no es necesario que cuando se haya que procesar, si es que llega el momento, o cuando se haya de abrir el juicio oral, si llega el momento, sea necesario pedir nueos suplicatorios".

PARALIZACION

El ponente del 'caso GAL' explicó que la petición del suplicatorio de Barrionuevo no paraliza el procedimiento, dado que se dirige contra otras personas, aunque indicó que "no se podrá iniciar en el procedimiento actuaciones ninguna contra el señor Barrionuevo mientras no venga concedido el suplicatorio".

Agregó que, no obstante, el instructor sí podrá seguir tomando declaración a personas que puedan volver a acusar a Barrionuevo de haber participado en el secuesro de Segundo Marey, tal como hicieron Julián Sancristóbal, Francisco Alvarez y Ricardo García Damborenea.

Anunció que en el caso de que el Congreso de los Diputados acceda a conceder el suplicatorio del ex ministro del Interior, "el primer trámite que se hará será citar al señor Barrionuevo para que declare en calidad de imputado", a quien se le preguntará por los hechos que figuran en el sumario, dado que éstos constituyen el centro de la investigación, "no los delitos".

Delgado explicó que durnte la reunión de hoy, el pleno "se ha limitado a tomar conocimiento de la petición del juez instructor", para lo que el presidente de la Sala Segunda, Fernando Cotta, dió hoy traslado a los magistrados del informe elaborado por Móner en el que solicitó el suplicatorio de Barrionuevo.

Una vez informados del contenido de dicha exposición, el pleno "ha acordado que esa petición tiene una razonabilidad y por eso ha acordado realizar el suplicatorio", basándose en las declaraciones que figuran en la causay que acusan a Barrionuevo de haber participado en el secuestro de Marey, las cuales son "la razón por la que nosotros hemos accedido a dar el suplicatorio".

DENEGACION

Delgado señaló que "es muy raro" que la Sala Segunda rechace la petición de suplicatorio elevada por un instructor, porque normalmente viene fundada en determinadas diligencias, "como ocurre en el caso presente", aunque recordó que ocurrió en una ocasión con la petición de suplicatorio de Alfonso Guerra elevada por el juez Marino Barero.

No obstante, insistió en que la tramitación del suplicatorio "no quiere decir que luego esas diligencias vayan a valer como prueba en el momento del juicio oral" y agregó que las pruebas existentes en la actualidad contra Barrionuevo son "meramente indiciarias respecto de que puede haber determinados delitos con relación a un aforado y por ello se tramita el suplicatorio".

Agregó que la Sala Segunda entendió, además, que para citar a un aforado es necesario previamente tener su suplicatorio,"porque si le citamos y él no quiere venir, no tenemos fuerza para obligarle a venir, cosa que sí que tenemos en relación a los citados normales".

Finalmente, confirmó que el informe elevado por el juez Móner a la Sala "se limita a transcribir, incluso entre comillas, determinados pasajes de la declaraciones que afectan a señor Barrionuevo", sin concretar los delitos en que pudiera haber incurrido, lo que sí va a reflejar la sala en su auto para cumplir "el requisito que nos exige habitualmente el Conreso de los Diputados, que es que digamos los delitos de que se trata".

Fuentes del Alto Tribunal dijeron a Servimedia que una vez que sea redactado el auto con el acuerdo de la Sala Segunda de tramitar el suplicatorio de Barrionuevo, éste deberá ser firmado por los 11 magistrados que conforman el pleno, en el que no figura el instructor del 'caso GAL', lo que ocurrirá el próximo lunes.

Posteriormente, será remitido al presidente del Tribunal Supremo, Pascual Sala, quien deberá trasladarlo al Conreso de los Diputados junto con la exposición elevada por Móner y la documentación aportada por éste recogiendo las acusaciones contra Barrionuevo.

(SERVIMEDIA)
26 Oct 1995
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