GAL. MONER CONCLUYE EL 'CASO GAL', POR EL QUE BARRIONUEVO SERA JUZGADO EN LOS PROXIMOS MESES
-Tras año y medio de investigaciones, el magistrado considera que ya ha eunido el material suficiente para celebrar el juicio
-Vuelve a rechazar pedir los papeles del CESID a pesar de la decisión de la Sala Tercera de desclasificarlos
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El instructor del 'caso GAL', Eduardo Móner, dictó hoy un auto en el que declara concluso el sumario por el que desde hace más de año y medio investiga el secuestro de Segundo Marey por los GAL así como la fundación, organización y financiación de dicha banda terrorista.
En esta causa, cuya instrucción rectivó el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón a su regreso de la política a mediados de 1994, está procesado, entre otros, el ex ministro del Interior José Barrionuevo, que se sentará en el banquillo probablemente el próximo mes de septiembre, acusado de los delitos de relación con banda armada, detención ilegal y malversación de caudales públicos.
Asímismo, también serán juzgados por esta causa el ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera, el ex director general de la Seguridad Jlián Sancristóbal, el ex jefe del Mando Unico de la Lucha Antiterrorista Francisco Alvarez, el ex secretario general de los socialistas vizcaínos Ricardo García Damborenea, así como el ex comisario Miguel Planchuelo.
Además, están procesadas en el sumario otras 9 personas, entre ellas los ex policías José Amedo y Michel Domínguez, quienes ya fueron condenados a 108 años de cárcel por su relación con los GAL y cuyas revelaciones al juez Garzón a finales de 1994 desencadenaron la investigación del magisrado sobre esta acción, la primera reivindicada por esa organización terrorista.
En el auto dictado hoy, el juez Móner acuerda dar por finalizadas sus investigaciones ya que, a su juicio, se han practicado todas las diligencias que se han considerado oportunas y "no existen elementos relevantes para la instrucción que no hayan sido incorporados al sumario".
Recuerda que las diligencias practicadas en el sumario son actos de investigación que no constituyen medio de prueba dado que ésta deberá praticarse ante el tribunal que presida el juicio y agrega que la actividad instructora ha de quedar terminada cuando ya se haya reunido el material preciso para concretar aquello sobre lo que hayan de versar las acusaciones y las defensas, lo que, a su juicio, ya ha ocurrido.
Así, rechaza en su resolución incorporar al sumario los documentos del CESID cuya desclasificación acordó recientemente la Sala Tercera del Tribunal Supremo, tal como le pidió el pasado día 24 la defensa de Alvarez, y se remite al uto dictado el día 12 por la Sala Segunda que desestimó también solicitar los papeles porque el Alto Tribunal todavía no se había pronunciado sobre su entrega, aunque no descartaba que en otro momento procesal pudieran unirse a la causa.
No obstante, la Sala Segunda todavía tendrá que pronunciarse sobre los documentos del CESID el próximo día 9, para el que está fijada la fecha de dos recursos de apelación de la acción popular en los que vuelve a solicitar al Alto Tribunal que requiera los papeles. Admás, el pleno deberá resolver próximamente otras apelaciones que quedan pendientes.
En su auto de hoy, el instructor del 'caso GAL' desestima, asímismo, otra petición de la acción popular de citar como testigo en la causa a la ex secretaria de Estado de Interior Margarita Robles, por considerar ese testimonio inútil e innecesario ya que, a su juicio, no aportaría elementos necesarios para decidir sobre la apertura de juicio oral y podría retrasar el sumario, aunque indica que esa declaración puede praticarse durante el juicio si las partes lo solicitan.
ESCRITOS DE CALIFICACION
Tras concluir el sumario, Móner indica que en los próximos días remitirá la causa al pleno de la Sala Segunda, encargado de juzgar el caso, ante la que deberán personarse en el plazo de 15 días las partes para pronunciarse si están conformes con la conclusión del sumario, tras estudiar las actuaciones.
Contra el auto de Móner cabe recurso ante la sala, que podría ordenar al instructor reabrir el sumario si lo considea necesario para practicar nuevas diligencias.
Por el contrario, si el pleno de la sala confirma la conclusión de la causa, dictará auto de apertura de juicio oral, procediendo posteriormente las acusaciones a formular sus escritos, a los que seguirán los de las defensas de los procesados, tras lo cual la sala procederá a señalar la fecha del juicio.
El juez Móner fue nombrado ponente del 'caso GAL' el 7 de septiembre de 1995, después de que el juez Garzón elevase a finales de julio la causa al Ato Tribunal, al estimar que existían indicios de criminalidad contra el ex presidente del Gobierno Felipe González, contra los ex ministros Narcís Serra y Barrionuevo y contra el dirigente socialista José María Benegas, quienes tienen la condición de aforados por ser diputados.
Estos indicios surgieron de las declaraciones que efectuaron en julio de ese año Damborenea, Sancristóbal, Alvarez y Planchuelo, quienes, sorpresivamente, cambiaron sus anteriores testimonios y reconocieron su relación con el 'aso GAL', implicando en el mismo a los anteriores.
Sin embargo, el Alto Tribunal, de acuerdo con la fiscalía, consideró que sólo existían indicios para pedir el suplicatorio de Barrionuevo, lo que hizo a finales de 1995 para que pudiera declarar como imputado ante el juez Móner.
Este, que durante la instrucción volvió a tomar declaración a algunos de los imputados que ya habían testificado ante Garzón, entre ellos Luis Roldán, Emilio Alonso Manglano y Perote, dictó el 24 de enero del pasado año e procesamiento de Barrionuevo, al que acusó de prestar su consentimiento a la organización de los GAL y de haberse integrado en ella con "funciones directivas", al igual que Vera.
Posteriormente, el juez rechazó citar a declarar a González como imputado en la causa, tal como le pidieron algunas de la partes personadas, resolución que confirmó por una ajustada mayoría el pleno de la Sala Segunda en un auto del pasado 15 de noviembre, en el que señaló que las acusaciones existentes contra él eran "impreisas y carentes de la mínima solidez", aunque no descartaba que pudiera ser llamado como testigo durante el juicio.
(SERVIMEDIA)
04 Abr 1997
S