GAL: LOPEZ GARRIDO (IU): "HISTORICAMENTE LAS AMNISTIAS SEPRODUCEN EN LOS CAMBIOS DE REGIMEN Y NO ES EL CASO"
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El portavoz de IU en la Comisión de Justicia e Interior del Congreso y catedrático de Derecho Constitucional, Diego López Garrido, afirmó esta tarde que es "inaceptable" políticamente una amnistía en 1995 para el tema GAL, además de que la Constitución de 1978 no lo permitiría.
En referencia la propuesta de `ley de punto final' para los implicados en el GAL, hecha esta mañana por Manuel Murillo, abogado del comisari Francisco Alvarez, López Garrido recordó que "históricamente, las aministías o las `leyes de punto final' se producen cuando hay un cambio de régimen, y no es el caso. La situación no es equiparable".
A este respecto, advirtió que en 1977 se amnistió a presos políticos de todas las tendencias y que el artículo 62.i de la Constitución prohibe al Rey expresamente autorizar "indultos generales".
Por tanto, insistió, es "implanteable" como `ley de punto final' o amnistía. Llegado el caso, y una vez entenciado el tema por los tribunales, un Gobierno puede estudiar los "indultos particulares" que estime oportunos.
(SERVIMEDIA)
18 Jul 1995
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