GAL. GARZON CONFIRMA EL PROCESAMIENTO DE LOS 14 IMPLICADOS EN EL 'CASO GAL'
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El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón dictó hoy un auto por el que confirma el procesamiento que acordó el pasado mes de abril contra 14 presuntos implicados en el 'caso GAL', entre ellos el ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera, el exdirector general de la Seguridad el Estado Julián Sancristóbal y el ex secretario general de los socialistas vizcaínos Ricardo García Damborenea, entre otros.
Según Garzón, que rechaza de esta manera los recursos de reforma interpuestos por 12 de los procesados, así como del abogado del Estado, fiscal y acción popular, los hechos y los razonamientos del auto por el que acordó el procesamiento continúan vigentes, por lo que mantienen las imputaciones contra los implicados y su situación personal.
n el caso de Rafael Vera, señala que su recurso no "aporta ningún dato o elemento nuevo a los establecidos en su momento que hagan variar el criterio" y matiza que éstos no sólo se basan en las declaraciones de los ex policías José Amedo y Michel Domínguez y de sus esposas, sino en otras pruebas.
Así, acuerda mantener la prisión provisional de Vera "vista la extrema gravedad de los hechos que se le imputan en el auto de procesamiento" que, a su juicio, tienen mayor incidencia dado el cargo que ocupaba
Asímismo, afirma que, además, "subsisten todas y cada una de las causas que motivaron la medida", por lo que decide que prosiga en prisión ante la proximidad en el tiempo de los hechos imputados a Vera, la alarma social de los mismos y "el deterioro que todo ello supone para la misma credibilidad de las instituciones de un Estado de derecho, amén de la gravedad de las penas que puedan imponerse y el temor de que el procesado se sustraiga a la acción de la justicia".
Respecto a la fianza por respnsabilidad civil de 435 millones de pesetas impuesta a Vera, que también fue recurrida, Garzón dice que se ha fijado exclusivamente siguiendo la ley, por lo que no la rebaja.
SECRETISMO
El juez también desestima íntegramente el recurso de Sancristóbal rechazando las alegaciones de éste sobre el "secretismo" de la causa ya que, según Garzón, utilizar ahora ese argumento "no responde a las exigencias de la buena fe que debe regir cualquier proceso".
Afirma que Sancristóbal incurre "en el error pemanente" en su recurso de comparar su situación procesal con la de Amedo y Domínguez. "Tal confusión, que por lo reiterativa no es casual sino intencionada, se expone más de cara a la galería que a producir efectos jurídicos" porque los argumentos que utiliza contra los ex policías "luego pretende aplicarlos a su favor", afirma.
Garzón también descarta las afirmaciones de la defensa de Sancristóbal sobre el trato de favor a Amedo y Domínguez diciendo no comprender las razones de "la pertinaz afirmació" cuando los ex policías están procesados por todos los hechos en los que han participado.
En este sentido, dice que "parece claro que, a esta altura de la causa, desconocer que las relaciones directas entre Sancristóbal, a la sazón gobernador civil de bilbao, y Amedo son ciertos y existían es querer negar la evidencia, aunque es obvio que aquéllas no eran ni mucho menos oficiales ni de 'sociedad', sino vinculadas exclusivamente a las actividades ilícitas que se describen en el auto de procesamiento". El juez recuerda asímismo que las pruebas periciales practicadas sobre uno de los comunicados de los GAL "han sido, respecto al recurrente, contundentes y claras" y fueron realizadas por peritos profesionales, por lo que, a su juicio, "todo ello hace inverosímil la posibilidad de que carezca de virtualidad y firmeza".
Respecto a la situación personal de Sancristóbal, que continúa prisión desde el pasado mes de diciembre por estos hechos, Garzón recuerda el auto de la Sala de lo Penal confirmando u encarcelamiento alegando que podría eludir la acción de la justicia.
Así, tras señalar que no contesta "las alusiones que se hacen al instructor, en lo que parece una táctica permanente de este procesado recurrente", dice a Sancristóbal que "facilitaría mucho la labor del juzgado si libremente diera la autorización expresa para que pudieran investigarse las supuestas cuentas bancarias de las que pueda disponer en Suiza y ello porque existe una comisión rogatoria librada por este juzgado para tal finpendiente de cumplimentar en aquél país y está acreditada la existencia de cuentas bancarias en el mismo del recurrente".
FANTASIAS ONIRICAS
Del mismo modo, Garzón rechaza los recursos de García Damborenea, de quien insiste en que fundó los GAL a pesar de no haber participado en su financiación y mantiene su libertad bajo fianza de 25 millones de pesetas, así como de Miguel Planchuelo, al que dice que los indicios en que se basa el procesamiento no son meras conjeturas ni "fantasías oníricas" de Ameo sino "datos objetivos concordantes".
Asimismo, desestima el recurso del ex secretario de Vera Juan de Justo, a quien también puso en libertad bajo fianza de 25 millones de pesetas. Según el juez, De Justo tenía capacidad de distribuir y entregar fondos reservados con consentimiento de su superior "y así lo hizo con amplitud y profusión", por lo que ratifica los hechos del auto de procesamiento. También rechaza los de Francisco Saiz, Julio Hierro, José Ramón Corujo, Luis Hens, Francisco Alvarez y Anial Machín.
Respecto a la alegación del abogado del Estado y del fiscal que aseguraron que no era oportuna en este momento la exigencia de responsabilidad civil subsidaria del Estado, tal como decretó Garzón en su auto, el juez aclara que esta declaración quedaría sin efecto si los procesados son solventes.
Finalmente, rechaza la petición de la acción popular de modificar la situación de libertad de García Damborenea, Amedo y Domínguez porque, en el caso de estos dos últimos, "ninguno de ellos ha ado muestras, desde que gozan de libertad, de sustraerse a la acción de la justicia".
(SERVIMEDIA)
09 Mayo 1995
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