GAL. EL COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID AMPARA A JORGE ARGOTE
- Rechaza su procesamiento como encubridor de los delitos de sus clientes, por entender que está obligado a guardar secreto profesiona
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La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid manifestó hoy que amparará al abogado Jorge Argote, procesado por el juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño en el 'caso Lasa y Zabala', en el cumplimiento de su deber de secreto profesional y anunció que emprenderá "cuantas acciones pongan las leyes a su alcance" para que así sea.
En un comunicado difundido hoy, el Colegio de Abogados de Madrid expresó, desde el respecto a las decisiones judiciales,su "más rotundo" rechazo respecto al procesamiento del letrado por supuesto delito de encubrimiento, por considerar que implica "la más radical vulneración de los principios y derechos fundamentales" propios de un Estado de Derecho.
Para el Colegio de Abogados, es "de todo punto inaceptable" que un abogado sea incriminado en un supuesto delito de encubrimiento en relación con conductas presuntamente delictivas atribuidas a sus clientes, algo que para la institución colegial es contrario a los más elemntales principios del Estado de Derecho.
SECRETO PROFESIONAL
Asimismo, recuerda que los abogados deben guardar el más absoluto secreto sobre todo aquello que conozcan a través de sus defendidos. "El secreto profesional del abogado es uno de los pilares básico del sistema de Justicia del mundo occidental. No puede imputarse encubrimiento a quien, por mandato legal, está obligado a callar", agregó.
Asimismo, el Colegio de Abogados de Madrid señala que las leyes procesales exoneran al abogado del eber de denuncia que tienen los demás ciudadanos y castigan criminalmente a aquellos letrados que quebranten el secreto profesional.
En la nota se asegura que el secreto profesional no es un privilegio, ni tampoco una protección personal frente a la investigación judicial de sus conductas individuales, sino "una consecuencia obligada del derecho a la defensa efectiva que todo ciudadano tiene como derecho constitucionalmente declarado".
El Colegio recalca además que el secreto profesional constitue una "indeclinable" garantía del derecho de defensa de todos los judiciables, "que se verían irreparablemente privados de tan fundamental derecho si el abogado llegara a vulnerar su obligado sigilo".
¿DEFENSA SIN CONFIANZA?
"Ningún ciudadano haría confidencia alguna a su abogado ni podría, por tanto, ser defendido si supiera que el letrado de su confianza puede ser obligado a quebrantar el secreto bajo amenaza de inculpación por encubrimiento", argumentó.
Tras señalar que "mal podría el abogad ser encubridor respecto de aquello que nunca pudo ni debió revelar", el Colegio lamenta el abuso de la declaración y prórroga del secreto sumarial, por considerar que merma las garantías de la defensa, así como la vulneración del secreto sumarial por parte de aquellos que tienen la obligación de protegerlo.
Finalmente, el Colegio de Abogados asegura que no dejará de velar por el secreto profesional de los letrados, "ya que en ello va la más profunda y sustancial garantía de una Justicia impartida conorme a la Constitución".
(SERVIMEDIA)
29 Mayo 1996
VBR