FUTBOL TV. SOGECABLE Y TELEFONICA VEN IMPROCEDENTE LAS AMENAZAS DE MULTA QUE ANUNCIA LA COMISION EUROPEA

MADRID
SERVIMEDIA

Sogecable y Telefónica consideran improcedente que la Comisión Europea amenace con imponer multas a estas empresas por el acuerdo que ambas suscribieron en junio de 1999 para la explotación de los derechos del fútbol televisiado, según informaron hoy fuentes e estas compañías.

Tanto Sogecable como Telefónica subrayan que el acuerdo no cierra las puertas a la competencia, sino al contrario, y ponen como ejemplo que los derechos del fútbol son compartidos con otros operadores, como Cableuropa. Además, se está negociando con otras emisoras de televisión.

Ambas compañías aseguran que aún no han recibido el pliego de cargos anunciado hoy por la Comisión Europea. La comunicación de quejas es el primer paso de un proceso que podría desembocar en la supresió de la inmunidad contra sanciones, de la que ambas partes gozan todavía tras la notificación del acuerdo para compartir los derechos del fútbol televisado.

"A título preliminar, cabe resaltar que no se trata de una decisión final, sino de un paso preliminar en este procedimiento, por el cual se les da a las empresas afectadas la oportunidad de dar a conocer sus puntos de vista en relación las objeciones planteadas por la Comisión", señalan Telefónica y Sogecable.

Telefónica y Sogecable esperaránrecibir el pliego de cargos de la Comisión Europea para presentar en el plazo oportuno sus alegaciones.

Asimismo, recuerdan que no es la primera vez que la Comisión se pronuncia sobre Audiovisual Sport, la empresa que explota los derechos de retransmisión televisiva correspondientes a la Liga española y la Copa del Rey.

Mediante carta administrativa de 24 de junio de 1998, la Comisión ya había dado su visto bueno a la creación de esta empresa, participada por Sogecable (40%), Telefónica (40%) y V 3 (20%).

"De ahí que sea de extrañar que la Comisión plantee ahora la retirada de la inmunidad frente a las multas", cuando el acuerdo entre Telefónica y Sogecable "abre la exclusiva a otros operadores".

"Teniendo en cuenta la citada carta administrativa de 24 de junio de 1998, la retirada del benefico de la inmunidad frente a multas resultaría contraria al principio de confianza legítima, que ampara la actuación de Sogecable y Telefónica Media", añaden ambas compañías.

(SERVIMEDIA)
12 Abr 1991
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