FUNGAIRIÑO. CARDENAL PROPUSO AYER A LA MINISTRA DE JUSTICIA EL NOMBRAMIENTO AL CONSIDERAR NO VINCULANTE EL DICTAMEN DEL CONSEJO

MADRID
SERVIMEDIA

El fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, propuso ayer tarde a la ministra de Justicia, Margarita Mariscal de Gante, el nombramiento de Eduardo Fungairiño como fiscal jefe de la Audiencia Nacional al considerar que en él concurren los requisitos legales para ocupar ese puesto y teniendo en cuenta su historial profesional y al estimar no vinculantes los informes del Consejo Fiscal, que o había respaldado ese nombramiento.

Según una nota hecha pública por la Fiscalía General del Estado poco después de conocerse que Fungairiño había sido nombrado por el Consejo de Ministros, Cardenal argumenta en su propuesta las razones jurídicas por las que considera no vinculantes los informes del Consejo Fiscal que, por dos ocasiones, no apoyó la candidatura de Fungairiño para ese puesto, la última el pasado martes.

Asímismo, el fiscal general también fundamenta en su propuesta los motivos po los que entiende que el informe del Consejo Fiscal sobre ascenso tiene, al igual que el relativo al nombramiento, carácter no vinculante.

Para ocupar la plaza de fiscal jefe de la Audiencia Nacional es necesario tener la categoría de fiscal de sala, que no tenía Fungairiño, quien sí reunía el requisito de llevar 15 años de ejercicio en la carrera fiscal.

En la reunión del pasado martes, el teniente fiscal de la Audiencia Nacional no recibió ningún voto del Consejo Fiscal para ser ascendido a esacategoría, para lo que era necesario el respaldo de 7 de los 12 miembros de ese organismo. Asímismo, en la votación sobre la idoneidad de Fungairiño para ocupar esa plaza tampoco obtuvo el respaldo de ninguno de los vocales del Consejo Fiscal.

En el comunicado, la Fiscalía General del Estado señala que en su propuesta de nombramiento de Fungairiño, Cardenal también afirma la necesidad de una interpretación sistemática y conforme a la finalidad de las normas del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal,relativas a los nombramientos, y a lo dispuesto en el Real Decreto 437/1983 sobre Consejo Fiscal, en el que se atribuye a éste "ser oído respecto del nombramiento de los diversos cargos y para el ascenso de los miembros de la Carrera Fiscal".

Finalmente, señala que la propuesta del fiscal general considera que "los elementos de juicio que acaban de decirse son los que necesariamente ha de tomar en consideración el fiscal general del Estado o, lo que es igual, esos elementos son aquéllos conforme a loscuales el fiscal general del Estado formula sus propuestas".

(SERVIMEDIA)
30 Mayo 1997
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