FUNCIONARIOS. LA AUDIENCIA NO ACLARA A QUE EMPLEADOS PUBLICOS DEBE PAGARSE LOS ATRASOS

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que anuló la congelación salarial para los funcionarios llevada a cabo en 1997, dictó hoy un auto en el que considera que "no ha lugar a aclarar" a qué empleados públicos deben pagarse los atrasos.

La Sala emitió este auto en respusta a la petición de aclaración de la sentencia realizada por el sindicato CCOO. Los magistrados aseguran que no hay nada que aclarar y que el pago debe ceñirse al "ámbito subjetivo del Acuerdo de 15 de septiembre de 1994", que ya está recogido en la sentencia, y que es precisamente el que generó las dudas sobre el alcance del fallo judicial.

Por lo tanto, la subida afecta a todo el personal al servicio de la Administración Civil del Estado (funcionarios y personal laboral), de sus organismos autónomo, de la Administración de la Seguridad Social y entes públicos representados en la Mesa General de Negociación.

En cuanto al personal al servicio de la Administración de Justicia, Correos, instituciones sanitarias públicas, personal docente y no docente de las universidades, se aplicará el incremento siempre que las peculiaridades de sus respectivos estatutos así lo permitan.

Fuentes sindicales mostraron a Servimedia su sorpresa por la negativa de la Audiencia a aclarar el ámbito de aplicación dela sentencia y reiteraron que la interpretación sindical es que debe abonarse atrasos a todos los funcionarios de todas las administraciones públicas.

(SERVIMEDIA)
01 Feb 2001
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