FUNCIONARIOS ANDALUCIA. ALMUNIA RECURRIO CONTRA MDRID Y GALICIA POR SUBIR LOS SUELDOS POR ENCIMA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES

MADRID
SERVIMEDIA

El actual secretario general del PSOE, Joaquín Almunia, recurrió ante el Tribunal Constitucional en 1988, cuando era ministro de Administraciones Públicas, los acuerdos de las comunidades de Madrid y Galicia -presididas por los socialistas Joaquín Leguina y Fernando Gonzáez Laxe, respectivamente- en los que se subía el salario de sus funcionarios por encima de lo establecido en los Presupuestos Generales del Estado (PGE).

El Tribunal Constitucional fijó entonces su doctrina y afirmó que las Comunidades Autónomas no pueden subir el sueldo de sus funcionarios por encima de lo que establecen los Presupuestos Generales de Estado para sus empleados, según las dos sentencias, a las que tuvo acceso Servimedia.

Respecto a la Comunidad de Madrid, el fallo surgió tras la dcisión de Leguina de subir los salarios durante 1988 un 5%, que suponía un 1% más de lo establecido en los Presupuestos Generales del Estado.

El Constitucional se opuso y estableció que la decisión autonómica "contradice abiertamente lo dipuesto en una medida económica general de carácter presupuestario, dirigida a contener la expansión relativa de uno de los componentes del gasto público y establecida a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado".

Para los magistrados, existían "pocasdudas" de que la Ley de Presupuestos es una norma "básica" y, por lo tanto, garantiza en todo el Estado el mantenimiento de la igualdad y los intereses generales.

Por ello, decidieron que el acuerdo de la Comunidad de Madrid vulneró el orden constitucional de competencias de la Ley Autonómica, al ser contrario a la norma básica del Estado.

SUBIDA MEDIANTE FONDOS

En el caso de la Xunta de Galicia, también en 1988, esta autonomía fijo la subida para sus funcionarios en el mismo nivel que la marcaa por los Presupuestos Generales del Estado, si bien otorgó unos fondos adicionales a sus empleados.

El Gobierno central nuevamente volvió a alegar que la subida era por encima del tope presupuestario y recurrió ante el Constitucional.

Los magistrados reiteraron su doctrina y aseguraron que el establecimiento de fondos adicionales, que se superponen al tope salarial fijado por los Prespuestos y, por lo tanto, lo superan, "vendría a menoscabar la eficacia de la medida antiinflacionista adoptada po el Estado" en la norma global.

Por todo ello, y salvaguardando la autonomía de Gobierno de las Comunidades, el Constitucional declaró también contraria a la ley la subida acordada por Galicia a través de los fondos adicionales.

Finalmente, el Constitucional suspendió también las subidas salariales aprobadas en 1997 por el Gobierno vasco y el de Asturias, por contradecir a los Presupuestos Generales del Estado que, en esas fechas, habían optado por congelar los sueldos públicos. En esta ocasión, l recurso fue interpuesto por el Gobierno del PP.

(SERVIMEDIA)
26 Nov 1999
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