FONDOS RESERVADOS.LA DEFENSA DE VERA CREE QUE LA SENTENCIA VULNERA PRECEPTOS CONSTITUCIONALES Y TIENE INFRACCIONES DE LEY Y DE FORMA

MADRID
SERVIMEDIA

La defensa del ex secretario de Estado para la Seguridad Rafel Vera, ejercida por Manuel Cobo del Rosal, ha anunciado hoyante la Audiencia Provincial de Madrid, que sentenció el "caso fondos reservados", la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la condena de 7 años de prisión para su defendido, al considerar que en dicha sentencia se vulneran preceptos constitucionales y contiene infracciones de ley y de forma.

En un escrito de 15 folios, firmado por Cobo del Rosal y al que ha tenido acceso Servimedia, la defensa considera que en la sentencia existe "infracción de preceptos constitucionaes", por entender lesionados los derechos de Vera "a la tutela judicial efectiva, al juez ordinario predeterminado por ley, a la defensa y asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinenes para la defensa y a la presunción de inocencia".

Igualmente considera vulnerada la Constitución "al permitirse al ministerio fiscal presentar anticipada y extemporáneamente un nuevo esrito de conclusiones provisionales al inicio de las sesiones de juicio oral".

Asimismo, el equipo de abogados de Cobo del Rosal considera que la sentencia también infringe la Ley de Enjuiciamiento Criminal por "manifiesto error en la apreciación de la prueba", citando los casos concretos de cheques, escrituras, testamentos y otros documentos en los que, según la defensa, el tribunal ha cometido infracciones al valorarlos como pruebas.

En cuanto a los quebrantamientos de forma, la defensa de Vera enuncia que se denegaron "diligencias de prueba procedentes" y que no se citó a los suegros del ex alto cargo de Interior, Enrique Esquiva y Angeles Muñoz, como "responsables civiles", al ser propietarios de dos fincas cuyo comiso ha sido acordado por la sentencia, recordando que Esquiva "ha sido tenido como simple y mero testigo y a Muñoz ni siquiera se le ha dado audiencia en ninguna fase procesal".

Cobo del Rosal también considera que hay quebrantamiento de forma "por no expresar la sentencia, clar y terminantemente, cuáles son los hechos que se consideran probados, por resultar manifiesta contradicción entre ellos, por consignar como hechos probados conceptos que, por su carácter jurídico, predeterminan el fallo y por no resolverse en la sentencia todos los puntos que han sido objeto de defensa".

(SERVIMEDIA)
26 Ene 2002
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