FONDOS RESERVADOS. LA JUEZA CORONADO IMPUTA A CORCUERA, VERA Y SANCRISTOBAL UN PRESUNTO DELITO DE MALVERSACION DE CAUDALES

- Señala que está acreditado que el ex ministro del Interior compró joyas con cargo a los fondos reservados

- Afirma ue también se pagaron sobresueldos y "gastos esporádicos" como la construcción de una carretera

MADRID
SERVIMEDIA

La titular del juzgado de instrucción número 43 de Madrid, María Jesús Coronado, que investiga el presunto uso irregular de los fondos reservados, ha dictado un auto por el que imputa un presunto delito de malversación de caudales públicos al ex ministro del Interior José Luis Corcuera, al ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera y el ex director general de la Seuridad Julián Sancristóbal.

En el auto, al que ha tenido acceso Servimedia, la jueza Coronado señala que también imputa a los tres altos cargos de Interior "cualquier otro" delito que "se pudiera derivar de la investigación en el futuro y sin perjuicio de otras personas que en el futuro ingualmente pudieran resultar imputadas".

La magistrada, que inició la investigación de uso irregular de los fondos reservados tras la presentación de una denuncia por parte del PP, señala que hasta el momento sól ha quedado acreditada la disposición irregular de Corcuera de fondos reservados en lo referido a la compra de joyas.

En este sentido, recuerda la declaración prestada por el joyero José Miguel Vargas quien aseguró que Corcuera realizó pagos en metálico durante 1990, 1991 y 1992 para "la compra de joyas destinadas a regalos a las esposas de los altos cargos del Ministerio del Interior, compras que no han sido intervenidas a través de expediente administrativo alguno".

La magistrada señala en el ato que la "falta de diseño de los sistemas de justificación y control" sobre los fondos reservados "ha podido contribuir en el pasado a hacerlos especialmente sensibles a usos supuestamente irregulares" y agrega que la instrucción practicada hasta el momento "viene evidenciando que determinados extremos de la denuncia son ciertos".

Así, indica que durante los años 1983 a 1994 "se sufragaron los gastos de asistencia técnica jurídica a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado con cago a los gastos reservados". Argumenta que eso se deduce de las declaraciones de varios letrados de pendientes del Gabinete de Asuntos Legales dependiente primero de la Dirección de la Seguridad del Estado y posteriormente de la Secretaría de Estado para la Seguridad.

La jueza considera "especialmente ilustrativo" de este extremo el testimonio de Cesáreo Bravo de Soto Muñoz, quien declaró que las cantidades que mensualmente se entregaban por ese concepto oscilaban entre los ocho y los diez millones depesetas y agregó que estos pagos eran aprobados previamente por Sancristóbal o Vera.

Indica también que el dinero para el mantenimiento de la Comisión Nacional de Coordinación de la Policía Judicial, integrada por representantes del Ministerio de Justicia y del Ministerio del Interior, procedía de fondos reservados "que se recogían en la Secretaría de Estado, las cuales eran entregadas en un sobre blanco pegado con papel de celo". En total fueron entregados 23.825.000 pesetas.

Agrega que "se encuntra pendiente de investigación el ingreso de determinados talones en las cuentas de los sindicatos policiales para la determinación final del origen de aquellos", es decir, si proceden o no de los fondos reservados.

SOBRESUELDOS

Respecto a la percepción de sobresueldos con cargo a esa partida, afirma que está acreditado por la declaración del ex director general de la Guardia Civil Luis Roldán. Este asegura haber percibido un talón de siete millones procedente de la cuenta de fondos reservados de l Dirección General de Seguridad cuando era delegado del Gobierno en Navarra. El abono se hizo, según el auto, "como pago dentro de un plan de entrega de gratificaciones periódicas que se extendió igualmente a otros gobernadores civiles, como el de Guipúzcoa y el de Vizcaya".

Añade que ese sistema "se haría después extensivo a los altos cargos del ministerio", como muestra el ingreso de otro talón de 7 millones de pesetas procedente de la misma cuenta de fondos reservados en la cuenta particular de Igncio López Rodríguez y su esposa, cuando aquél detentaba el cargo de Gobiernador Civil de Vizcaya.

Afirma que "todos estos extremos aparecen ratificados" en la declaración que hizo Sancristóbal al juez Baltasar Garzón el 20 de julio de este año.

La jueza estima que "son también reveladoras" de la existencia de dichos pagos las declaraciones efectuadas por varios funcionarios de la Secretaría de Estado para la Seguridad. Estos admitieron "haber percibido periódicamente cantidades en efectivo en un obre blanco cerrado pegado con papel de celo dirigido a su nombre con independencia de la nómina que percibían a través de transferencia bancaria".

Indica que también se efectuaron "pagos esporádicos" con fondos reservados, tanto en metálico como en efectivo, y destaca, entre ellos, los ingresos de talones de la cuenta de la Secretaría de Estado para la Seguridad durante 1990 y 1991 en una cuenta a nombre del fallecido directivo del Real Madrid Mariano Jaquotot por importe de 89 millones de pesetas si que hasta el momento haya podido determinarse su razón.

CARRETERA

En el auto se recoge el pago de dos millones con un talón a Benigno Escorial Muñoz para sufragar los gastos de la construcción de una carretera en la localidad de Villatoro (Avila) y de otro de un millón a Francisco Camacho y Ana Benítez "en concepto de indemnización por el fallecimiento de su hijo, guardia civil, en accidente de tráfico mientras prestaba servicio".

Según la jueza, "comprobada ya la veracidad de determinados hecos de la denuncia" presentada por el PP en octubre del pasado año, se perfila "la posible existencia de un delito de malversación de caudales públicos".

Explica que aunque la investigación se inició en relación a los años 1987 a 1994, la instrucción permitió conocer que "las prácticas que se investigan pudiesen remontarse" hasta 1983, "resultando que durante todo este tiempo, las cuentas con las que se ha realizado los pagos, tanto en efectivo como a través de talones bancarios, que han podido transgrdir el límite de la falta de control y discrecionalidad que ampara el uso de los fondos reservados", han contado con diferentes titulares, entre los que cita Luis Bernaldo de Quirós, Manuel Ballesteros y Juan de Justo.

Estos, señala, declararon que su disposición de los fondos reservados "era siguiendo órdenes del sr. Sancristóbal en un primero momento y del sr. Vera después" quienes también contaban con firma autorizada y a los que "entregaban los talones o las cantidades en efectivo para su última ydefnitiva disposición".

Además, también recoge las declaraciones judiciales realizadas por Fernando López Villanueva, Fernando Mora Rodríguez y José Parralejo Agudo, quienes tenían firma autorizada en la cuenta 24-000164-1 abierta por el Ministerio del Interior en el Banco de España con fondos reservados a nombre de "Habilitación de Material del Ministerio del Interior".

Los tres aseguraron que "la disposición de aquella cuenta correspondía directamente al sr. ministro, a quien una vez entregadascantidades en efectivo o talones, ya que aquél carece de firma reconocida en la cuenta, procedía a la disposición del dinero".

Por todo ello, estima que "procede tener por destinatarios de la imputación razonable en el presente procedimiento" a Corcuera, Vera y Sancristóbal, para que ejerzan los derechos que les confiere la Ley de Enjuiciamiento Criminal y "sin perjuicio de nuevas imputaciones que se puedan realizar como consecuencia de la inetigación de los hechos en el futuro en relación a personas on disposición o administración sobre los fondos reservados".

La magistrada, que señala que contra su auto cabe recurso de reforma, precisa que para la investigación de la causa contó con los soportes documentales de dos cuentas del Banco de España con fondos reservados del Ministerio del Interior y de la Secretaría de Estado "sin que se haya aportado por el Ministerio del Interior ni ningún otro departamento de la administración, documento alguno referente al seguimiento contable de las cantidades liradas".

(SERVIMEDIA)
25 Oct 1995
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