LA FISCALÍA RECURRIRÁ LA ABSOLUCIÓN DEL ETARRA ACUSADO DE ORGANIZAR EL ASESINATO DEL JUEZ LIDÓN
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La Fiscalía de la Audiencia Nacional anunció hoy que recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia que absolvió al etarra Urtzi Murueta, al que acusó de ser la persona que ordenó realizar el seguimiento y recabar la información necesaria para el asesinato del juez de la Audiencia Provincial de Vizcaya José María Lidón, que tuvo lugar el 7 de noviembre en 2001.
El pasado jueves, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal absolvió por falta de pruebas a Murueta, para quien la Fiscalía solicitaba 30 años de prisión por un delito de asesinato terrorista en grado de colaborador necesario, al considerar que no existían elementos probatorios suficientes para la obtención de una certeza sobre la participación del procesados en el asesinato del juez Lidón.
La fiscal encargada del caso, Blanca Rodríguez, sostenía que Murueta fue quien encargó al también miembro de ETA Orkatz Gallastegi, ya condenado por estos hechos, recabar la información que permitió el asesinato del magistrado, y la persona que, posteriormente, hizo llegar la información obtenida a los miembros del "comando Vizcaya" de ETA Hadei Galarraga y Egoitz Gurentxaga, quienes presuntamente asesinaron a Lidón el 7 de noviembre de 2001.
En concreto, la razón por la que la Sección Tercera consideró que no había pruebas suficientes para condenar a Murueta fue que la única evidencia que sustentaba el relato de los hechos realizado por la Fiscalía -la declaración incriminatoria que Gallastegi hizo tras ser arrestado- no pudo ser corroborada por otros elementos.
Los argumentos que sustentan el recurso de la Fiscalía son tres. Por un lado, el Ministerio Público considera que el Tribunal vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva al no haber valorado "las pruebas de corroboración presentadas por la Fiscalía" para apuntalar la declaración de Gallastegi.
Además, la Fiscalía cree que la sentencia incurrió en un quebrantamiento de forma por no haber valorado convenientemente "el valor probatorio de los elementos incriminatorios de corroboración" aportados.
Por último, el recurso sostiene que hubo una infracción de ley por error en la apreciación de la prueba, al no haberse valorado el informe pericial propuesto por el Ministerio Fiscal y ratificado en el juicio oral por los peritos.
(SERVIMEDIA)
10 Jun 2008
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