Tribunales
La Fiscalía presenta al Constitucional un informe contra el recurso del Supremo a la ley de amnistía

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La Fiscalía ha remitido al Tribunal Constitucional (TC) un informe contrario a la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo (TS) contra la ley de amnistía. El texto, firmado por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, avala la voluntad del poder legislativo en la redacción y tramitación de la medida de gracia que perdona a los involucrados en el ‘procés’ independentista.
El Ministerio Público pide, por tanto, que inadmita y, subsidiariamente desestime, la cuestión de inconstitucionalidad promovida por el Tribunal Supremo contra la ley de amnistía y que considera inadmisible por defectos formales y porque su formulación parece más un recurso de inconstitucionalidad que se apoya en argumentos dirigidos a atacar una decisión política.
El Supremo elevó esta cuestión de inconstitucionalidad al enfrentar la aplicación de la ley de amnistía a dos condenados por desórdenes públicos agravados por considerar que podría ser contraria a la Constitución y atentar contra la seguridad jurídica.
Tras argumentar defectos formales en el escrito del Supremo, la Fiscalía aboga por que el TC analice el fondo de la cuestión reduciendo así “la innegable conflictividad política, social y también jurídica que acompaña a la ley cuestionada”. El Ministerio Publico insiste en que la consulta del Supremo no se centra en un precepto concreto, tal y como enuncia en un primer momento, sino que se extiende a la posible inconstitucionalidad de la ley de amnistía “en su totalidad”.
Entiende el escrito firmado por García Ortiz, de 49 páginas, que la argumentación del Supremo encaja en la fórmula del recurso de inconstitucionalidad que sólo podrían presentar los “actores políticos” en su calidad de “legítimos representantes” de la pluralidad política. Y critica una redacción que apunta a que el Supremo aspira a que la ley sea avalada por el Constitucional y por la Justicia Europa, antes de que pueda ser aplicada.
La Fiscalía resalta que el auto del Supremo contiene opiniones de juristas que tienen derecho a su posición “política, ideológica o ética” que, sin embargo, son “de escasa utilidad” para fijar la validez de la ley de amnistía. El TS sostiene que la medida de gracia da un tratamiento diferente a favor de quienes delinquieron con el propósito de favorecer el proceso secesionista catalán, frente a quienes cometieron estos mismos delitos con cualquier otra finalidad. Y concluye que “la aplicación de la ley penal solo será entonces segura para los 'tontos'. Y para los pobres”.
El Ministerio Público insiste en que la aplicación de las leyes no puede depender de las preferencias de los integrantes del poder judicial y aboga por la aplicación de la norma respetando el espíritu con el que fue aprobada.
De igual modo, recuerda que en la aplicación de la amnistía de 1977 por la que se perdonó a todos los incursos en crímenes durante el franquismo no se exigió el arrepentimiento de los amnistiados, tal y como se reclama en el caso del ‘procés’.
(SERVIMEDIA)
17 Oct 2024
SGR/clc/gja