LA FISCALIA DE MADRID CREE "IMPROCEDENTE" QUE UN TRIBUNAL PLANTEE UNA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA "LEY CORCUERA"

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía de Madrid considera "improcedente" el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad del artículo 21 dela Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana que pretende cuestionar ante el Tribunal Constitucional la Sección 15 de la Audiencia Provincial.

El tribunal madrileño decidió interponer una cuestión de inconstitucionalidad tras la celebración de una vista oral contra dos presuntos narcotraficantes, cuyo domicilio fue registrado por la policía sin autorización judicial.

En un informe hecho público hoy, el ministerio público estima que no es necesario impugnar la ley porque, en el caso concreto quejuzga la sección 15, el fallo no depende de la aplicación de la "ley Corcuera".

La fiscalía recuerda que, a diferencia de los recursos de inconstitucionalidad y según la ley orgánica del alto tribunal, la cuestión de inconstitucionalidad sólo pueden plantearla jueces y tribunales cuando éstos consideren que "una norma con rango de ley aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la Constitución".

El escrito subraya que en el caso concreto no sólo no se dieron los reqisitos de inmediatez personal y temporal ni el de necesidad urgente que permiten aplicar la normativa en los casos de delito flagrante, sino que además las pruebas contra los procesados, dos bolsas de heroína que éstos arrojaron por la ventana, no fueron obtenidas gracias al registro domiciliario.

Para el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Mariano Fernández Bermejo, el planteamiento de la inconstitucionalidad resulta asimismo "innecesario", teniendo en cuenta que la polémica ley a sido "triplemente cuestionada" ante el Tribunal Constitucionalidad.

El alto tribunal admitió ya a trámite los recursos interpuestos por el Grupo Parlamentario Popular, por el Parlamento de las Islas Baleares y por la Junta General del Principado de Asturias.

Fernández Bermejo, que a título personal opinó que la polémica ley sí admite interpretaciones constitucionales, matizó que para solucionar los problemas que plantea la mala aplicación del precepto existen otras medidas "más importantes", coo las adoptadas por su fiscalía el pasado mes de julio en un caso similar.

En aquella ocasión, la Sección Sexta de la Audiencia de Madrid absolvió a un procesado por anular las pruebas obtenidas contra él en un registro sin autorización judicial. La fiscalía respaldó la resolución del tribunal y dio instrucciones a la Policía Judicial para que los funcionarios no aplicaran la ley en casos parecidos al descrito en la sentencia, de la que se repartieron copias a agentes y fiscales.

El informe de lafiscalía, que fue requerido por el tribunal al igual que el de la defensa de los procesados, será estudiado ahora por la Audiencia de Madrid, que deberá decididir si sigue adelante con los trámites legales para formalizar la que sería la primera cuestión de inconstitucionalidad de un órgano judicial contra la "ley Corcuera".

(SERVIMEDIA)
03 Nov 1992
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