LA FISCALIA DEL CONSTITUCIONAL NO RECURRIRA LA ABSOLUCION DE DOS CONDUCTORES JUZGADOS POR EBRIEDAD

LERIDA
SERVIMEDIA

La Fiscalía del Tribunal Constitucional no presentará recursode amparo contra las dos sentencias absolutorias en casos de alcoholemia que dictó la Sección Segunda de la Audiencia de Lérida, porque considera que depende del juez valorar si una persona conduce bajo la influencia del alcohol, según explicó hoy el fiscal jefe de dicha audiencia, Manuel Dolz.

La fiscalía del Constitucional, que ha reiterado la constitucionalidad de los controles preventivos de alcoholemia y su valor como prueba en un juicio, no presentará recurso contra las sentencias dictadas por e juez Rodrigo Pita, ya que entiende que depende de cada magistrado la valoración de la conducción por los efectos del alcohol.

El fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Lérida, que planteó la pasada semana a la fiscalía del Constitucional la posibilidad de presentar dicho recurso contra las dos sentencias que absolvieron a dos conductores ebrios porque no habían provocado ningún accidente ni habían cometido ninguna infracción, recibió hoy la comunicación del fiscal jefe de este tribunal.

Dolz ijo que a partir de ahora incorporaría en las causas informes médicos que acrediten que un índice de alcohol en la sangre superior a los 1,5 gramos, a partir del cual la fiscalía acusa por la vía penal, influye en la conducción aunque no exista una evidencia externa en la misma conducción o en el comportamiento del conductor en el momento de hacer la prueba preventiva de alcoholemia.

La Audiencia de Lérida absolvió el pasado mes a Ramon Nolla, un conductor que circulaba con 2,63 gramos de alcohol en l sangre, porque no había quedado probado que pudiera en peligro la seguridad del tráfico.

(SERVIMEDIA)
27 Sep 1993
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