LA FISCALIA ANTIDROGA RECURRE LA LIBERTAD DE OUBIÑA
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La Fiscalía special Antidroga presentó hoy un recurso de súplica ante la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional contra la puesta en libertad del presunto narcotraficante Laureano Oubiña, acordada por este tribunal el pasado miércoles, según confirmaron a Servimedia fuentes de dicho organismo.
A juicio de la Fiscalía, existe el riesgo de que Laureano Oubiña eluda la acción de la justicia, teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes en el acusado y en el proceso.
A este respecto la Fiscalía expone que "son varios los condenados que encontrándose en libertad y habiéndoles sido impuestas penas de 12 años de prisión o de una duración parecida se encuentran en estos momentos en ignorado paradero", como Gerardo González Padín, José Luis Viñas Morgade y Francisco Javier Martínez Sanmillán.
Agrega que cuanto mayores sean los recursos económicos del individuo afectado por tal medida cautelar -puesta en libertad provisional- más elevadas y objetivables serán las posibilidades de que rate de evadirse a la acción de la justicia", ya que tales circunstancias son las que permiten prescindir del arraigo derivado de la residencia y facilitan el asentamiento en cualquier otro lugar lejos del alcance de la jurisdición.
La Fiscalía Especial Antidroga rechaza el argumento esgrimido por el tribunal de la Audiencia Nacional, que señala que el condenado es la persona que más tiempo ha sufrido de privación de libertad de todos los que fueron a la pena de 12 años de prisión, ya que el resto de os implicados fueron acusados de distintos hechos delictivos y diferentes circunstancias.
Para la Fiscalía, dadas las particulares circunstancias objetivas y subjetivas que concurren siempre en cada hecho delictivo y en cada acusado, la Sala ha procedido a una aplicación automática del principio de igualdad "prescindiendo de la regla más elemental de la igualdad consistente en trata de manera distinta aquello que es diferente".
PRINCIPIO DE DESIGUALDAD
Añade que en realidad lo que la Sala ha apicado ha sido el "principio de desigualdad", ya que Laureano Oubiña no ha visto prolongada la prisión provisional hasta la mitad de la pena impuesta, cosa que sí han tenido que cumplir los condenados Paz Carballo y Padín Gestoso.
Asimismo, la Fiscalía agrega que a otros condenados a penas inferiores, como Saborido Aragunde y Omil Nazara, se les decreta la prisión provisional pese al elevado periodo de tiempo que permanecieron antes del juicio oral en tal situación en proporción a las condenas impuesta.
Para la Fiscalía Especial Antidroga, la naturaleza de los hechos delictivos por los que ha sido condenado Laureano Oubiña y la "extraordinaria gravedad" de los mismos, "paradigmáticos de una criminalidad organizada que mueve grandes recursos económicos, y que por efectos devastadores que producen sus actividades ilícitas genera una gran alarma social", son argumentos "más que suficientes" para haber mantenido su situación de prisión provisional hasta la mitad de la condena impuesta.
El 12 de juio de 1990, según la Fiscalía Especial Antidroga, Oubiña, condenado a un total de 12 años y un día de privación de libertad y a varias penas de multa, se encontraba en situación de prisión provisional desde el día 12 de junio de 1990, por lo que el límite de la pena impuesta llegaría hasta junio de 1996.
La Fiscalía Antidroga agrega que en la sentencia hace referencia a que el condenado llegó a disfrutar de unas ganancias procedentes del tráfico de estupefacientes por un importe aproximado de 1.600 milones de pesetas, "cifra de todo punto exhorbitante" y para la que tuvo que vender como mínimo 15.000 kilos de hachís, 500 kilos de cocaína o 200 de heroína, por lo que no se explica que el Tribunal le impusiera por ello la pena "en el mínimo del grado mínimo".
(SERVIMEDIA)
14 Dic 1994
VBR