LA FISCALIA ANTIDROGA DUDA DE LA UTILIDAD DE LA FIGURA DEL ARREPENTIDO

MADRID
SERVIMEDIA

La figura del arrepentido está siendo escasamente utilizada debido a su incorrecta tipificación en el vigente Código Penal, segn señala la memoria de la Fiscalía Antidroga relativa al año 1997.

Para los fiscales antidroga, "se está demostrando, como era previsible" la poca utilidad de la figura del arrepentido, ya que la ley solicita demasiados requisitos para que un supuesto narcotraficante pueda acceder a esta condición.

El Código Penal establece que se podrá aplicar una pena inferior a la establecida por la ley siempre que el sujeto haya abandonado voluntariamente sus actividades delictivas, se haya presentado a las atoridades para confesar los hechos y haya colaborado activamente con éstas, "bien para impedir la producción del delito, bien para obtener pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables".

Los fiscales antidroga consideran que este "elevado" número de requisitos impide en muchas ocasiones que se puede acceder a esta figura y afirma que estas condiciones "en la realidad no confluyen".

"Cuando el sujeto ha colaborado con las autoridades, es difícil que también haya abandonao voluntariamente las actividades o se haya presentado voluntariamente a confesar los hechos. Por lo general, cuando se produce el supuesto de colaboración, el sujeto ha sido previamente detenido contra su voluntad", dice la memoria.

Por otra parte, la Fiscalía lamenta que aún sigue pendiente la regulación penal exacta de la figura del arrepentido, lo que impide su correcta aplicación.

(SERVIMEDIA)
19 Jun 1998
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