LOS FISCALES DEL SUPREMO CREEN QUE LOS AFORADOS DEL "CASO FILESA" NO HAN INCURRIDO EN NINGUN DELITO

MADRID
SERVIMEDIA

La junta de fiscales del Tribunal Supremo considera que, de lo actuado hasta el momeno en la instrucción del "caso Filesa", no se desprende la implicación del diputado Carlos Navarro y del senador Josep María Sala en la presunta financiación irregular del PSOE.

Según anunció ayer el fiscal general del Estado, Eligio Hernández, la fiscalía del Supremo presentará un recurso de queja contra el auto dictado por el instructor del caso, Marino Barbero, que estimó oportuno ampliar las investigaciones exigiendo varios informes y libros de contabilidad a las empresas relacionadas con Filesa, Mlesa y Time Export.

El propio Hernández compareció hoy ante los medios de comunicación, tras reunirse con el Consejo Fiscal, órgano asesor de la Fiscalía General del Estado, al que expuso los fundamentos expuestos en el recurso en el que el fiscal del caso, Antonio Salinas, pide a la sala segunda que se pronuncie sobre las críticas vertidas en el auto por el instructor, que le acusó "de falta de objetividad e imparcialidad" por oponerse a la práctica de las diligencias.

Según Hernández, el fiscal"no pretende obstaculizar la instrucción", como se dio a entender desde determinados medios de comunicación, sino que solicita que se practiquen las diligencias "esenciales e imprescindibles", que permiten dilucidar si el Tribunal Supremo es competente para llevar a cabo la instrucción del sumario.

La sala segunda del alto tribunal se hizo cargo de la instrucción por la condición de aforados de dos de los implicados, Navarro y Sala, por lo que el recurso plantea que "en el caso de que (...) no resulte como de lo actuado hasta ahora se desprende, relación alguna entre los hechos investigados y los aforados" la instrucción continúe por la vía jurisdiccional ordinaria.

"En la medida en que el juez instructor (Marino Barbero) se sitúa fuera del estricto ámbito de su competencia (...)", cita textualmente el escrito, "y emprende una investigación prolija sobre hechos que no le corresponde investigar, puede involuntariamente vulnerar el derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la ley".

Según el fiscal general, el contenido del recurso demuestra que el ministerio público "no se opone a que el juez competente practique cuantas diligencias sean oportunas".

Asimismo, como presidente del Consejo Fiscal, Hernández anunció que este organismo no iba a entrar a valorar las descalificaciones vertidas contra el fiscal en el auto del magistrado "por respeto a la función jurisdiccional y a los fines del proceso penal" y prefiere que sea el propio tribunal el que se pronuncie al respecto.

o obstante se remitió al punto del recurso en el que el fiscal pide a la sala califca de "orgánicamente imporcedentes" sus manifestaciones y reiteró que la respuesta debe darse desde el tribunal, matizando que el Consejo Fiscal no había llegado a plantear la posibilidad de recusar al juez.

Fuentes del Tribunal Supremo informaron por su parte que el recurso de los fiscales aún no había llegado a la sala. Una vez que el escrito entre en la secretaría de causas especiales, la sala deberá pronunciarse al rspecto en un plazo de cinco días.

(SERVIMEDIA)
16 Oct 1992
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