LA FISCAL TEME QUE GROSTIZA HUYA DE ESPAÑA SI ES PUESTO EN LIBERTAD
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La fiscal de la Audiencia Nacional presentó hoy ante la sección segunda de la Sala de lo Penal un recurso en el que se opone a la libertad bajo fianza del abogado de HB "Txemi" Gorostiza, encarcelado desde el pasado 3 de marzo por su presunta colaboración con ETA, ya que considera que existe "el riesgo fundado" de que se sustraiga a la acción judicial y "pueda ponerse fuera del ámbito de la jurisdicción del tribunal" huyendoFrancia, tal como realizaron otros condenados por su relación con ETA.
De este modo, la fiscal impugna el auto dictado por ese tribunal el pasado jueves por el que decretó la libertad de Gorostiza bajo fianza de un millón de pesetas, con lo que el abogado no podrá abandonar la prisión hasta que el tribunal resuelva este recurso y el que anunció la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que ejerce la acusación popular en este caso.
La libertad del abogado fue solicitada durante la vista ora contra él por su defensor, Kepa Landa, tras plantear cinco cuestiones previas sobre la posible vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones con la grabación de unas conversaciones de Gorostiza con presos etarras, que provocaron la suspensión temporal del juicio.
ALARMA SOCIAL
La representante del ministerio público apoya su oposición a la libertad de Gorostiza en que, además, el delito por el que está procesado, colaboración con banda armada, está sancionado por penas de prisión mayor, e seis a doce años de cárcel, y causa "alarma social en grado sumo y más todavía si esa función de auxilio (a banda armada) consiste en señalar objetivos determinados (funcionarios de prisiones)".
Asimismo, afirma que "nos llama la atención" que la Sala considere "desproporcionado" el mantenimiento de la situación de prisión de Gorostiza, como señaló en su auto, y precisa que ni siquiera ha transcurrido un año de prisión y no ha habido retraso en tramitación que pueda imputarse a la administración de usticia.
La representante del ministerio rechaza además la suspensión de la vista acordada por el tribunal y dice que supone "la vulneración de un mandato legal de inexcusable cumplimiento", ya que el artículo 793.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que el tribunal debe resolver "en el mismo acto (juicio)" las cuestiones planteadas por las partes sobre la vulneración de algún derecho fundamental, como ocurre en este caso.
En su opinión, al haber sido suspendida la vista hasta la resolucón de las cuestiones "la Sala ha incurrido en la secuela de una clara inseguridad jurídica en beneficio, claro está, de la tranquilidad que implica arrinconar la responsabilidad de una privación de libertad y reconocer la impotencia de la estructura judicial".
Sobre uno de los motivos dados por la Sala para suspender la vista, "la complejidad de las cuestiones planteadas" por la defensa de Gorostiza, dice que éstas "podrán ser trascendentes, pero nunca complejas", ya que "al fiscal no le llevó excesiv tiempo" rebatir los argumentos de la defensa durante el juicio.
Insiste, como ya hizo en la vista, en que sólo cuando declaren los testigos podrá resolverse si hubo infracción del derecho al secreto de las comunicaciones y afirma que "no es algo sorpresivo" que el abogado de Gorostiza presentase ese incidente de violación de derechos fundamentales ya que es una fase procesal que, a su juicio, la sala debería haber previsto.
La fiscal continúa con su "reproche" al tribunal diciendo que la referenia que hace la sala al ajuste de calendario, como otro de los motivos para retrasar la vista, incurre en "petición de principio" porque en las causas con preso, como ésta, éste tiene derecho a que su caso sea atendido de forma prioritaria y con especial diligencia, "pero que no se acuda al expediente de excarcelar al acusado para poder luego aplazar el pronunciamiento sin límite temporal".
(SERVIMEDIA)
04 Dic 1993
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