FILESA. EL SUPREMO DESESTIMA EL RECURSO DE SUPLICA DEL PP

- La Sala Segunda "no ha tergiversado, no ha manipulado ni ha distorsionado ninguna resolución del Tribunal Constitucional"

- El Supremo califica de "soprendente", la arumentación del recurso del Partido Popular

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala Segunda del Tribunal Supremo desestimó hoy el recurso de súplica presentado por el Partido Popular contra el auto que, el pasado 19 de julio, redujo a doce los inculpados en el "caso Filesa". El Supremo asegura que "no se puede tergiversar el sentido y el significado de una decisión judicial".

En un auto, hecho público hoy, la Sala del Alto Tribunal, presidida por José Augusto de Vega, asegura que "la Sala no ha tergversado, no ha manipulado ni ha distorsionado ninguna resolución del Tribunal Constitucional. Se ha limitado a sostener el criterio legal impuesto por la buena fe al servicio de la más estricta legalidad, aunque su decisión, siempre sometida a la crítica o la vía de los recursos que fueran pertinentes, no puede ser del gusto de todos los que alrededor del Derecho se mueven".

El Tribunal Supremo responde así al recurso de súplica interpuesto por el Procurador Ferrer Recuero, en nombre y representación el PP, en el que solicitaba la nulidad del auto de 19 de julio, que reducía a doce el número de inculpados en el "caso Filesa".

El abogado alegaba que si la cita del Tribunal Constitucional que se recoge en el citado auto hubiera sido correctamente transcrita y correctamente interpretada, se hubiera llegado a una conclusión contraria a la adoptada.

"Tal aserto es totalmene incierto e infundado", destaca el auto del Supremo dado a conocer hoy. "Lo importante en las resoluciones judiciales es atendr al sentido general que todo su contenido ofrece, sin referencias exclusivas a un concreto particular de la misma porque ello pueda suponer una perpectiva parcial cuando no torticera e interesada".

ARGUMENTACION SORPRENDENTE

El auto del Supremo califica de "sorprendente" la argumentación del recurso presentado por el letrado que representa al Partido Popular, en relación con la supuesta tergiversación de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 5 de junio de 1989.

"La resolución acordada po la Sala es independiente de lo que el Tribunal Constitucional acertadamente enseña" y el auto de 19 de julio se acordo "en base a un sólida doctrina del Tribunal Supremo que seguiría imperando aunque la cita del Tribunal Constitucional hubiera sido incorrecta, que no lo fue", continúa el auto conocido hoy.

"El auto de 19 de julio de 1997 transcribe la resolución del Tribunal Constitucional como un `plus` argumentativo", continúa el auto de la Sala Segunda del Supremo que además señala que "no se pued tergiversar el significado de una resolución judicial examinándola 'troceadamente', sacando consecuencias distintas de las queridas por los jueces".

DECISION CAPRICHOSA

"Lo que no se puede es achacar a otros, inclusive al órgano jurisdiccional, las consecuencias jurídicas de los propios errores -continúa el auto-. Lo que no se puede es protestar y lamentar que diez acusados hayan quedado fuera del proceso como si se tratara de una decisión 'caprichosa' de la Sala, cuando la realidad ha sido que taleliminación fue consecuencia de la nulidad del escrito de acusación o de la prescripción en algún caso decretada".

El auto concluye asegurando que "no se puede crear confusión dentro del proceso", y "lo que no se puede, en fin, es tergiversar el sentido y significado de una decisión judicial, se compartan o no sus postulados, con argumentaciones que ponen en entredicho la buena fe de quienes la dictaron".

(SERVIMEDIA)
01 Sep 1997
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