Filesa: reacciones a la polémica sobre competencia judicial (5) --------------------------------------------------------------

MADRID
SERVIMEDIA

Miguel Bajo Fernández, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid opina que la Ley de 1912 está derogada por la Constitución y por la Ley Orgánica que regula el Poder Judicial.

Se están barajando dos tesis, dijo, la recurrente del Partido Popular (PP), que invoca la ley de 1912 donde se dice que la causa debe contnuarla el Tribunal Supremo aunque se hayan disuelto las Cortes. La discusión es saber si sigue en vigor aún esta norma.

Considero que está derogada por los preceptos que contienen la Constitución de 1978, la Ley Orgánica del Poder Judicial y los reglamentos de las Cámaras, Congreso y Senado, de 1982 que regulan todas las normativas parlamentarias.

Es inapropiado acudir a la ley de 1912 para saber si es de aplicación en este caso, puesto que está suficientemente claro que el legislador ha incluídoesta normativa en la Constitución y la ley orgánica y los citados reglamentos.

Pienso que con la disolución de las Cortes el Tribunal Supremo ha perdido la competencia, por eso quienes no quieren que salga de ahí van tratando de ampliar la querella a otras personas que siguen estando aforadas por pertencer a la Diputación Permanente de las Cortes. Ahora queda a criterio de la sala si acepta o no la ampliación de la querella.

Si el Supremo pierde la competencia, como pienso, hay tres opciones, quelo haga en favor del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por ser el señor Sala aforado de Cataluña y tener Filesa su domicilio social en Barcelona; que recaiga la tramitación en la Audiencia Nacional porque los hechos que se imputan se han cometido en una pluralidad de jurisdicciones, o que vaya a los juzgados ordinarios de Madrid porque el hecho principal se cometió en la capital de España.

(SERVIMEDIA)
15 Abr 1993
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