FILESA. BACIGALUPO DA 5 MESES A LAS PARTES PARA QUE ALEGUEN A LOS RECURSOS PRESENTADOS CONTRA EL AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL
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El instructor del 'caso Filesa', Enrique Bacigalupo, ha concedido un plazo de 5 meses a las partes personadas en la caus para que formulen sus alegaciones a los recursos presentados por el fiscal, el PP, José María Ruiz-Mateos y Christian Jiménez contra los sobreseimientos acordados en el auto que dictó el pasado 22 de diciembre decretando la apertura de juicio oral contra 7 inculpados, entre ellos el senador socialista Josep María Sala.
En un auto notificado a las partes, al que ha tenido acceso Servimedia, el magistrado señala que "teniendo en cuenta el principio de 'igualdad de armas' por el que incumbe velar al jue o tribunal", el volumen de las actuaciones y lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el plazo para que las partes formulen sus alegaciones "debe ser el mismo" que el que fijó el anterior instructor, el juez Marino Barbero, para que las acusaciones formulasen sus escritos.
Este plazo inicialmente fue de tres meses, venciendo el pasado 4 de agosto, aunque el juez Barbero acordó en julio, cuando presentó su renuncia a la carrera judicial, ampliarlo otros dos meses hasta el 4 de octubre. Por elo, las partes dispondrán ahora de 5 meses para hacer sus alegaciones a los recursos, plazo que vencerá el próximo 24 de junio, según precisa Bacigalupo en el auto.
De este modo, según fuentes judiciales consultadas por esta agencia, el juicio por el 'caso Filesa' no se celebrará antes de 1997, dado que una vez que sean resueltos los recursos de apelación por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, lo que podría ocurrir durante el próximo verano, corresponderá a las defensas formular sus escritos, para l que dispondrán, previsiblemente, del mismo plazo que las acusaciones, es decir, otros 5 meses.
Por otra parte, el magistrado admite a trámite en el auto únicamente los recursos de apelación presentados contra los sobreseimientos, rechazando las pretensiones del fiscal y las acusaciones particulares de recurrir contra su decisión de abrir juicio oral a 7 inculpados: Sala, Carlos Navarro, Luis Oliveró, Alberto Flores, Carlos Ponsa, Iñigo Larrazábal y Ramón Moreda, ya que, a su juicio, "su improcedenciaes evidente".
El juez Bacigalupo adopta esta decisión recordando que la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que contra el auto de apertura de juicio oral no se dará recurso alguno, excepto en lo relativo a la situación personal del acusado, lo que, según matiza, no es el caso.
Además, indica que las calificaciones jurídicas que realiza en su auto de apertura de juicio oral contra los inculpados son provisionales hasta el momento de formular las conclusiones definitivas, por lo que "un recurso cntra una resolución que no afecta los derechos procesales de una parte carece de todo fundamento jurídico".
Finalmente, señala que el juicio oral se abre en relación a determinados hechos, que pueden ser constitutivos de delito, dejándose su calificación para el momento de las calificaciones definitivas.
(SERVIMEDIA)
29 Ene 1996
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