Consumidores

Facua denuncia al festival ‘Canela Party’ por imponer una pulsera como única forma de pago

MADRID
SERVIMEDIA

Facua-Consumidores en Acción denunció este viernes ante el Ayuntamiento de Torremolinos a la promotora del festival ‘Canela Party’ 2023 por imponer la pulsera ‘cashless’ como único método de pago y restringir a un importe mínimo la recuperación del dinero no consumido al acabar el evento.

Según un comunicado de prensa de Facua, entre otras irregularidades, la web del festival carece del "aviso legal" con información básica que permita a los usuarios interponer una reclamación, y tampoco se informa de la política de protección de datos.

Facua señaló que este método de pago impuesto por la organización del evento --al que asistirán alrededor de 24.000 personas en esta edición-- podría vulnerar la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, que en su artículo 3 establece que el euro es desde el 1 de enero de 1999, inclusive, la moneda del sistema monetario nacional, tal y como esta moneda se define en el Reglamento (CE) 974/98, del Consejo, de 3 de mayo.

Según la asociación de consumidores, tras finalizar el festival, la promotora establece que devolverá el importe de las cantidades no consumidas que figuraban en la pulsera ‘cashless’, "siempre y cuando el importe restante sea igual o superior a un euro". Del mismo modo, la promotora “limita de manera arbitraria” el plazo para la recuperación de las cantidades no consumidas del sistema cashless. "El plazo para solicitarlo será de siete días a partir del lunes 29 de agosto", informa el organizador del evento.

Subrayó que este tipo de prácticas “resultan completamente abusivas” atendiendo a lo dispuesto en el artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (LGDCU), según el cual "se considerarán cláusulas abusivas” todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y “todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".

(SERVIMEDIA)
25 Ago 2023
GIA/pai