EXTREMADURA DICTA UNA RESOLUCIÓN QUE OBLIGA A LAS ELÉCTRICAS A REGULARIZAR LAS FACTURAS DESDE EL 1 DE NOVIEMBRE DE 2008
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La Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente ha dictado una resolución con fecha 4 de marzo por la que obliga a las distribuidoras de energía eléctrica de la región a recalcular las facturas emitidas a los usuarios desde el 1 de noviembre de 2008, norma que ya ha sido remitida a todas las distribuidoras.
El director general de Ordenación Industrial, Energética y Minera, José Luis Andrade, recordó hoy que el consejero, José Luis Navarro, anunció el pasado 19 de febrero el apoyo de la Junta de Extremadura al borrador de resolución remitido por el Ministerio de Industria, para que todas las empresas distribuidoras de España aplicaran un único criterio.
Andrade ha explicado que dicha resolución debería haber entrado en vigor con fecha 1 de marzo, pero "dado que desde el Ministerio no se ha tomado ninguna determinación al respecto, la Junta de Extremadura ha decidido actuar en defensa de los intereses de los usuarios extremeños, en aplicación de sus competencias".
El expediente informativo abierto por la Dirección General de Ordenación Industrial, Energética y Minera, motivado por las reclamaciones presentadas por los usuarios, confirma que cada empresa ha utilizado un procedimiento diferente para la estimación de los consumos, al no existir un método único fijado por el Ministerio de Industria.
Pese a que dicha actuación por parte de las distribuidoras de energía eléctrica no puede ser considerada una irregularidad sancionable, sí ha generado un gran número de reclamaciones de los usuarios afectados, por lo que la Junta de Extremadura estima que se deben volver a calcular las facturas emitidas a los usuarios domésticos a partir del 1 de noviembre, utilizando las lecturas reales tomadas cada dos meses.
Según la resolución de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, las empresas distribuidoras recalcularán y regularizarán el importe de las facturas con los siguientes criterios: el término de energía se regularizará considerando las lecturas reales, dividiendo el consumo real entre el número de días y aplicando en cada día la tarifa vigente; y el recargo por exceso de consumo se aplicará sobre consumo real, comparando el consumo diario promedio con los límites establecidos.
Por tanto, "si existieran diferencias entre el importe emitido en las facturas y el importe recalculado según los criterios establecidos en esta resolución, las distribuidoras tendrán la obligación de abonar la diferencia en la siguiente factura ordinaria que emitan, notificando además esta regularización", concluyó el director general.
Asimismo, "cuando se dé un nuevo cambio de tarifa eléctrica no será necesaria una nueva resolución de la Consejería, ya que ésta continuará en vigor".
(SERVIMEDIA)
06 Mar 2009
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