EL ETADO DEBERA INDEMNIZAR A 'EGIN' POR LA PUBLICIDAD QUE NO LE CONCEDIO, SEGUN UNA SENTENCIA DEL SUPREMO
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La Administración deberá pagar una indemnización a la empresa editora del diario 'Egin' por negarse a insertar en este periódico publicidad de una campaña de seguridad vial realizada por Tráfico, según una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.
El Supremo ratifica así una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que codenaba a la Administración por incurrir en una "discriminación injustificada" y violar el principio de igualdad reconocido por la Constitución.
Así, el Alto Tribunal ordena al Estado que pague al periódico una indemnización correspondiente al importe que dejó de percibir por no incluir los cuarenta módulos de anuncios de la campaña de seguridad vial difundida por Tráfico durante el mes de marzo de 1994.
El Supremo rechaza el recurso interpuesto por el abogado del Estado contra esta condena, para o que argumenta que la cuantía de la indemnización, aunque no fue fijada por la sentencia, "es notoriamente inferior al límite de los seis millones de pesetas" exigido por la Ley Jurisdiccional para admitir este tipo de recursos.
En este sentido, señala que los importes pagados por la Administración por la inserción de cuarenta módulos publicitarios de la Dirección General de Tráfico (DGT) en los periódicos regionales "Correo Español", "Diario Vasco", "Deia" y "Egunkaria" oscilan entre las 340.000 y ls 210.000 pesetas.
(SERVIMEDIA)
14 Mayo 2000
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