ETA. EL MAGISTRADO OLLERO TACHA DE "ANTICUADA" Y "TRASNOCHADA" LA VISION QUE SUS DOS COMPAÑEROS TIENEN DEL TERRORISMO
- Emitió un voto particular contrario a la puesta en libertad de los seis miembros de Ekin que aún estaban en prisión
- La decisión fue acordada por la mayoría de sus dos colegas
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El magistrado e la Audiencia Nacional Carlos Ollero considera que sus dos compañeros, que la semana pasada decretaron la puesta en libertad bajo fianza de los seis últimos presuntos miembros de Ekin que aún permanecían en prisión, tienen una visión del terrorismo "anticuada" y "trasnochada".
Así consta en el voto particular al auto por el que los otros dos magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Carlos Cezón y Juan José López Ortega, decidieron revocar la orden de ingreso e prisión dictada por el juez Baltasar Garzón contra esas seis personas.
En la resolución, ambos magistrados admiten "la existencia de una relación de Ekin con la 'kale borroka'", pero sostienen que no está probada la relación de dicha organización con ETA, lo que, en opinión de Ollero sí se produce.
Para Ollero, "vivir a espaldas de estas realidades complejas, circunscribir el fenómeno terrorista exclusivamente a las acciones armadas y/o violentas, comporta tener un anticuado, trasnochado y 'matemoralista' concepto del terrosimo que nos ha tocado presenciar y combatir en defensa del Estado de Derecho de la Democracia".
Este magistrado considera que el auto apoyado por sus dos compañeros "patentiza un inadecuado examen y un incorrecto análisis de cuantos datos aparecen en la causa".
Además, sostiene que dicha resolución supone una "injustificada irrupción [...] en el ámbito propio de etapas procesales ulteriores consustanciales al enjuiciamiento", o lo que es lo mismo, acusa a sus dos colgas de haber dictado una sentencia sobre el caso, cuando aún no se ha cerrado la investigación.
En este sentido, Ollero recuerda que la función del juez de instrucción está orientada a la investigación de los hechos, al descubrimiento de sus aún presuntos autores y a obtener pruebas. "El juicio de reproche de la culpabilidad y el juicio de valor sobre la antijurdicidad han de quedar reservados al tribunal sentenciador", añade.
En su opinión, la sala, compuesta por él y los otros dos compañeros, slo debía estudiar si exiten "indicios racionales de criminalidad y motivos bastantes" para mantener la prisión provisional de quienes han sido puestos en libertad bajo fianza por su relación con Ekin. Su conclusión es que "estamos ante un completo, perfilado y sólido elenco indiciario" que aconseja el encarcelamiento.
(SERVIMEDIA)
26 Dic 2001
VBR