ETA. EL FISCAL ACUSA A OTEGI DE EXALTACION DEL TERRORISMO

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía del Tribunal Supremo considera que el portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, cometió un delito de enaltecimiento o justificación del terrorismo cuando gritó "Gora Euskadi ta Askatasuna", el pasado 31 de marzo, durante la celebración del Aberri Eguna, según consta en la querella hecha pública hoy.

En la querella, la Fiscalía del Tribunal Supremo explica que, sobre las 17 horas del pasado 31 de marzo, entre las locaidades francesas de Cibourne y San Juan de Luz, se celebró una manifestación, organizada por Batasuna, en la que participaron, entre otras personas, Joseba Permach, coordinador de la Mesa Nacional, el eurodiputado Koldo Gorostiaga, y Otegi.

Durante la marcha, los participantes portaron ikurriñas y fotos de presos de ETA con sus correspondientes nombres, así como pancartas en las que se podía leer, en eukera, "los presos vascos a casa", "independencia", "sin amnistía no hay paz", "la lucha es la única ía" y "los refugiados tienen que vivir en el País Vasco".

Tras la manifestación a San Juan de Luz, se celebró un mitin en el que intervino Otegi, quien concluyó su disccurso con la frase "Gora Euskadi Ta Askatasuna", expresión que fue seguida de una lluvia de papeles con el logotipo de la banda terrorista y un comunicado, publicado en el diario "Gara", en el que los etarras aseguran que continuarán matando.

Para la Fiscalía del Tribunal Supremo, los hechos descritos son constitutivos de un delitorecogido en el artículo 578 del Código Penal, que tipifica "el enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión" el terrorismo.

En la querella, la Fiscalía explica que la competencia del Tribunal Supremo para actuar contra Otegi viene recogida en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y en el Estatuto de Autonomía para el País Vasco.

Así, señala que, según el artículo 23.4.b) de la LOPJ, la jurisdicción española es competente para "conocer de los hechos comtidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional" y tipificado en la legislación española como delito de terrorismo.

Además, destaca que el artículo 26.6 del Estatuto de Autonomía del País Vasco permite al Tribunal Supremo exigir la responsabilidad penal de aquellos miembros del Parlamento de Euskadi que hayan podido incurrir en algún delito presuntamente cometido fuera del territorio nacional.

(SERVIMEDIA)
08 Abr 2002
VBR