EL ESTADO COSTEARA LA SALUD BUCO-DENTAL DE LOS NIÑOS MENORES DE 14 AÑOS Y LA ASISTENCIA PSIQUIATRICA DE TODA LA POBLACION
-l Gobierno aprobó hoy el decreto de Ordenación de las Prestaciones Sanitarias del Sistema Nacinal de Salud
-España es el primer país europeo que ordena sus servicios sanitarios en un catálogo
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El Gobierno aprobó hoy el decreto de Ordenación de las Prestaciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud, que recoge los servicios sanitarios que ofrecerá la sanidad pública y que pretende mejorar la gestión de los recursos y garantizar que las prestaciones incluidasson eficaces y seguras.
La ministra de Sanidad y Consumo, Angeles Amador, aseguró tras la reunión de Consejo de Ministros que España es el primer paíse de Europa que ordena sus prestaciones y las enumera en un catálogo.
El decreto establece los servicios sanitarios que ya ofrece el Estado e incluye otros que no estaban generalizados en el sistema, como la salud buco-dental infantil (hasta los 14 años), la salud mental y la asistencia psiquiátrica, y los programas de prevención de enfermedades.
Angeles Amador explicó que la Sanidad Pública española no puede hacer frente al coste que supondría extender la atención buco-dental a toda la población.
En los programas de prevención de enfermedades incluyen las vacunaciones y la educación sanitaria a padres y profesores, la prevención del cáncer ginecológico, la atención a enfermos con procesos crónicos, la atención domiciliaria y los servicios de diagnóstico prenatal, planificación familiar y tratamiento de infertilidad.
"El decreto tambiénestablece los criterios para la incorporación de nuevas técnicas, procedimientos diagnósticos o terapéuticos, atendiendo a los criterios que el decreto fija (la seguridad, la eficacia, la eficiencia y la utilidad); de manera que toda prestación que el sistema garantice habrá pasado por este control", explicó.
COBRO DE SERVICIOS A TERCEROS
A partir de la entrata en vigor del decreto, dejarán de ser financiadas por la sanidad pública, aunque sí podrán ser realizadas en los hospitales públicos, la ciruía estética, los tratamientos en balnearios y curas de reposo, la cirugía de cambio de sexo y el psicoanálisis y la hipnosis.
También dejarán de ser atendidos los reconocimientos médicos, exámenes o pruebas biológicas "realizadas en interés de terceros obligados al pago, que están en la Ley General de Sanidad y como es el caso de la asistencia que se presta a los beneficiarios de mutualidades, de entidades aseguradoras o de empresas colaboradoras", dijo.
Angeles Amador explicó que el conjunto de restaciones recogidas en el catálogo se garantizarán en el Sistema Nacional de Salud. "Esto quiere decir que se excluye el reembolso de asistencia sanitaria prestada fuera de España, con alguna excepción. La primera cuando hay una atención urgente o vital y cuando la asistencia se realice en el marco de la UE o acuerdos bilaterales".
El decreto también regula las prestaciones complementarias, entre las que están incluidas las prótesis, la dietoterapia, la oxigenoterapia a domicilio y el transporte santario.
La ministra destacó el reconocimiento explícito de los derechos de información de los usuarios, que fija el decrto. "Se regula el derecho de obtener copia de la historia clínica, a obtener informe por escrito de cada consulta o exámen que se le realice, y la expedición de informes sobre su salud", indicó.
(SERVIMEDIA)
20 Ene 1995
EBJ